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jueves, 9 de junio de 2016

La custodia materna impuesta genera hijos carentes de esfuerzo y motivación personal criados bajo el mismo modelo

Jueves, 9 de Junio, 2016

De tal palo tal astilla. Hijos criados bajo la custodia de madres mantenidas por el ex.

La Audiencia Provincial de Murcia aumenta en la pensión de alimentos 100 euros más, y pasa de 200 a 300 euros mensuales, el pago del padre a la madre en concepto de pensión de alimentos de la hija.

El juzgado de primera instancia desestimó la petición de la madre, pero la Audiencia corrige e impone al padre una suma más alta que tiene unas consecuencias que muchas personas no se dan cuenta. Y es que la Audiencia también podría haber adoptado otro tipo de medida que  no perjudicará de forma tan grave, en la actualidad o en el futuro, tanto al padre como a la hija. Ya que ambos progenitores mantienen la obligación de cuidar, proteger y amparar a sus hijos, la Audiencia de Murcia, atendiendo al interés de la menor, y puesto que es una cuestión de orden público que regulada en la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo, en vez de a lo mejor ahogar al padre de la menor económicamente, podría haber acordado una custodia compartida, dentro de unas medidas que no colocasen a la madre como una mantenida por el padre.

Podría haber puesto un granito más de arena para que una mujer más, logrará romper con la tradición machista o patriarcal que achaca en interesadas ocasiones el feminismo cuando trata la igualdad, y declarando una custodia compartida, hacer posible que esta niña se críe en unas condiciones de igualdad, y no bajo la vía de los hechos consumados, en su sistema impuesto de custodia materna que considera que la protección de los menores se protege alquilando las obligaciones parentales del padre a la madre a cambio de un suelto disfrazado en una pensión de alimentos. En vez de que el padre pague una guardería regentada por la madre y los abuelos maternos, podría haber concedido a esa niña ser criada tanto con su madre como con su padre.

Pero las consecuencias derivadas llegan aún más lejos. La pensión de alimentos puede prorrogarse hasta bien pasada la mayoría de edad de los hoy menores, y ya estamos viendo y comprobando las consecuencias de tantas y tantas resoluciones judiciales que imponen la custodia materna. Por contra, luego encontramos hasta sentencias, incluso de esta misma Audiencia Provincial, que culpabilizan a los hijos de las consecuencias de sus propios decisiones, y los tachan de "ninis", "ni-ni", holgazanes o vagos. Al imponer la guarda y custodia materna habitual, y además incluir en ella ese sobrecoste que debería asumir la madre de la menor, está condenando al padre a pagar una pensión de alimentos sobrevalorada que durará no sabemos cuántos años o décadas.

La diferencia es notoria, entre haber aplicado una medida de forma provisional limitada en el tiempo -como ya comienza a ser habitual- de fijar una cantidad en concepto de una especie de pensión compensatoria hacia la madre que en dicho límite se extinguiese, favoreciendo al mismo tiempo que la madre, la mujer, adquiera una mayor independencia económica personal con respecto al marido o ex marido (patriarcado) y favoreciendo y estimulando al mismo tiempo la búsqueda de empleo de la mujer, con respecto a la medida adoptada clama al cielo. No solo es que condena muy posiblemente a la menor bajo la convivencia con su padre a un estado mucho más limitado a la hora de qué puede ofrecer el padre cuando esté con su hija a la menor, sino que además va a fomentar unos hábitos, que bien podríamos citar para equiparar éstos en el mundo del Derecho, como "la teoría de los actos propios",  de forma que viendo la hija como su madre vive a costa del padre, va a convivir bajo un sistema de vida en donde pretenderá muy posiblemente después seguir viviendo mantenida y sin esfuerzo personal, pues como la madre, el padre es quien paga y sustituye los ingresos proporcionados de un esfuerzo propio en favor de un mismo, y no a costa  de los demás.



Fijan la pensión de alimentos a una hija con 31 años

- Los jueces son más culpables que nadie de "ninis" holgazanes de padres separados

La imposición de la custodia materna es el germen de los hijos malcriados

La Audiencia Provincial de Murcia anula la pensión de alimentos a un hijo de 22 años

Fuente:
Elevan la pensión que debe pagar a su hija al no tener la madre una casa
http://www.laverdad.es/murcia/201606/08/elevan-pension-debe-pagar-20160608010014-v.html

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