Reunión de los lunes

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lunes, 13 de marzo de 2017

Jornada para el estudio de custodias compartidas en España concedidas en la Audiencia Provincial

Lunes, 13 de Marzo, 2017

Hoy, a las 10:30 horas de la mañana, en el campus de la Universidad Europea de Madrid, en la localidad de Villaviciosa de Odón (Madrid), se desarrollará la “I JORNADA DE DERECHO DE FAMILIA” (Criterios de las Audiencias Provinciales en Materia de Custodia Compartida. El artículo 92.8 del Código Civil).


Al final de la entrada se encuentra la información para llegar al lugar de celebración de la jornada

Jornada organizada por la Universidad Europea, en colaboración con la Asociación Española de Padres con la Custodia de los Hijos (www.custodiapaterna.org), y en donde serán analizados los criterios que las audiencias provinciales españolas mantienen para dictar el régimen de custodia compartida cuando se dirime la guarda y custodia de los menores, y sobre todo atendiendo a los procedimientos que entran por la vía contenciosa.

Los menores españoles, los niños y niñas cuyos padres acuden a los juzgados a instar el proceso de separación o divorcio, son víctimas del machismo sistemático judicial que se práctica en sus salas, y no solo en ellas, pues dentro de los juzgados también contamos con el equipo psicosocial compuesto por los profesionales de la psicología y los trabajadores sociales, que como norma tienen a bien por desgracia y a pesar de su supuesta formación, el considerar que declarar hijos huérfanos de padre vivo protege el interés de los menores. En sus informes podemos ver reflejado una y otra vez como el psicólogo o la psicóloga recomienda mantener el sistema de 26-4, 26 días al mes con el madre, y 4 días al mes con el padre que se reparten en fines de semanas alternos. Y este sistema es en algunos casos todo una recompensa para algunos menores, pues otros que son víctimas del consentido delito de sustracción parental (cuando es la madre quien traslada a los hijos sin autorización y consentimiento del padre), u otros a quienes solo se les permite pasar unas horas al día con su padre o extensa familia paterna, son aún más víctimas de la discriminación y grave maltrato infantil provocado en sus vidas por las decisiones de jueces, magistrados-magistradas, y a quien competa en el momento representar la figura del Ministerio Fiscal.

Pero la discriminación sobre los menores aún se vive en España como en la época donde nuestro territorio se dividía en reinos, pues desde Asturias hasta el sureste de nuestro país, los jueces son más proclives a permitir que los menores no terminen huérfanos de padre vivo, pero si nos bajamos ya por Andalucía, o nos desplazamos a Extremadura, allí los niños y niñas españoles son aún más maltratados por nuestro sistema judicial que el resto.


Custodia Paterna -asociación que apuesta por la custodia compartida- desea invitaros a la “I JORNADA DE DERECHO DE FAMILIA” (Criterios de las Audiencias Provinciales en Materia de Custodia Compartida. El artículo 92.8 del Código Civil), que se celebrará el lunes 13 de marzo a las 10.30 horas en el Auditorio del Edificio B del Campus de Villaviciosa de Odón de la Universidad Europea de Madrid.

En ella, la Asociación Custodia Paterna, coincidiendo con la Semana del Día del Padre, presentará en torno a las 14 horas un estudio sobre las sentencias de custodia compartida en las Audiencias Provinciales Españolas del que se pueden extraer dos claras conclusiones:

-Siete de cada diez hijos salen del juzgado sin que el padre tenga potestad alguna en su tutela.

-Se constata la España de dos velocidades. La custodia compartida se aplica en el norte y el este de España (Girona es la provincia con más porcentaje) pero parece completamente ‘vetada’ en Extremadura y Andalucía.

Para más información:
Miguel Rodríguez (Portavoz Custodia Paterna): 676529651
custodiapaterna@hotmail.com

Muchas gracias y un saludo.

Víctor L. Abajo

La Vicedecana del Área Jurídica y Empresa de la Universidad Europea de Madrid, Dª. Ana María Ovejero Puente y el Presidente de la Asociación Custodia Paterna, D. Miguel Rodriguez Santiago, tienen el honor de invitarle a la:

“I JORNADA DE DERECHO DE FAMILIA”

Criterios de las Audiencias Provinciales en Materia de Custodia Compartida. El artículo 92.8 del Código Civil

Lunes, 13 de marzo de 2017 a las 10:30 horas

Auditorio Edificio B, Campus de Villaviciosa de Odón.

Intervienen
Dª. Ana María Ovejero Puente, Vicedecana del Área Jurídica y Empresa, Universidad Europea de Madrid
D. Miguel Rodríguez Santiago, Presidente de la Asociación Custodia Paterna
D. Javier Muñoz Cuesta, Fiscal del Tribunal Supremo, Sección Civil
Dª. Cristina Aranzadi Martínez, Abogada de Aranzadi & Bendrihem
D. Luis Alain Segura Gardeazábal, Socio de Custodia Paterna
D. Jorge Martínez Martínez, Abogado de Custodia Paterna
Dª. María José Molina García, Directora Departamento Jurídico Universidad Europea de Madrid
Dª Carmen Florit Fernández Profesora Universidad Europea de Madrid
Dª. Elena Goñi Huarte, Profesora Universidad Europea de Madrid
Dª. Esther Alba Ferrer, Profesora Universidad Europea de Madrid
Dª Aranzazu Roldán Martínez, Profesora Universidad Europea de Madrid
Campus de Villaviciosa | Auditorio Edificio B | Calle Tajo s/n, 28670, Villaviciosa de Odón, Madrid

Directamente vamos a trasladar el contenido de la anterior entrada publicada con respecto a esta jornada en esta otra entrada:

Desde que nuestro Tribunal Constitucional eliminase el punto 8 del artículo 92, el cambio para los menores hijos de padres separados ha sido significativo. Al año siguiente, el Tribunal Supremo, a través de la sentencia STS 257/2013, asentó una jurisprudencia respecto a la aplicación del régimen de custodia compartida, un hecho que para el feminismo contra la custodia compartida y que pretende mantener la práctica de la imposición de la custodia compartida impuesta, supuso un revés tal que hasta la vicepresidenta la Asociación Themis, mintió con descaro y desprecio a los televidentes, en RTVE en un programa emitido en directo, y precisamente a raíz del asentamiento de dicha jurisprudencia. Rajoy, aparece en la imagen junto a padres separados jienenses a favor de la custodia compartida.




Sentencia como esta, Sentencia pionera de custodia compartida de la Audiencia de Burgos 215/2012, dejarán en el futuro de ser un día calificadas como pioneras, pues en la actualidad y, a pesar de la amplia y reiterada doctrina jurisprudencial respecto a la forma de aplicar la custodia compartida, todavía magistrados de audiencias provinciales se llevan tirones de orejas y capones de los altos tribunales por mantener el criterio de la imposición de la custodia materna en los recursos de apelación, que después y fomentando a instancias superiores el atasco judicial del cual tanta queja existe por parte de la propia justicia, da pie a que niños inocentes paguen caras las consecuencias de unos señores y señoras con togas, que se prestan con diligencia a imponer o ratificar costas procesales como castigo a los padres separados que piden la custodia compartida, pero sobre los que no recae consecuencia alguna por sus errores de los cuales las víctimas son menores inocentes.



A día de hoy, todavía los medios de comunicación españoles ocultan el maltrato contra miles de menores pagando las consecuencias de un sistema que trata a la figura paterna como a un ser despreciable en sus vidas: La BBC publica la discriminación que los medios de prensa españoles ocultan contra hombres y niños en los divorcios, al menos en parte, hay periodistas españoles que bajo el beneficio de trabajar en medios extranjeros disponen de la posibilidad de dar voz a este grave maltrato contra niños y niñas indefensos maltratados por una justicia en donde los actores principales son jueces y fiscales, pero donde colaboran en un plano directo para mantener la imposición de la custodia materna, los equipos psicosociales de los juzgados (profesionales de la psicología y trabajadores sociales), quienes en la mayor parte de casos no sólo el sistema 26-4 (La custodia compartida avanza pesé a la oposición de las madres y del feminismo), que declara hijos huérfanos de padre vivo, sino que en sus exploraciones con los menores pretende que éstos no dispongan de pensamiento propio, y su voluntad siempre se mantenga condicionada al "deseo" de no convivir con su padre. Un maltrato institucional que se cierne sobre los menores en España, incluso cuando la madre comete el delito de sustracción parental, como por fortuna hemos podido ver con el hijo de Javier Somoza: La justicia española maltrata a los niños cuando coloca por encima de ellos los derechos de su madre fomentando la sustracción parental

Así fue redactado el texto que contenía el punto 8 del artículo 92 del Código Civil, cuya redacción fue modificada por el PSOE (faltando a su palabra desde el comienzo), y aprobada el 8 de Julio de 2.005, y desde entonces y durante 7 años, hasta el 17 de Octubre de 2.012, los menores españoles, o juzgados bajo la legislación en España, e hijos de padres separados, han sufrido el grave maltrato infantil institucional de una legislación que durante 7 años permitía al Ministerio Fiscal imponer a los jueces la aplicación de custodia materna.

Artículo 92. 8. del Código Civil Excepcionalmente, aun cuando no se den los supuestos del apartado cinco de este artículo, el Juez, a instancia de una de las partes, con informe favorable del Ministerio Fiscal, podrá acordar la guarda y custodia compartida fundamentándola en que sólo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor.

El Constitucional sentencia que los jueces pueden otorgar este régimen sin que el fiscal lo pida

El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Pascual Sala Sánchez, Presidente, don Ramón Rodríguez Arribas, don Manuel Aragón Reyes, don Pablo Pérez Tremps, doña Adela Asua Batarrita, don Luis Ignacio Ortega Álvarez, don Francisco Pérez de los Cobos Orihuel, doña Encarnación Roca Trías, don Andrés Ollero Tassara, don Fernando Vadés Dal-Ré, y don Juan José González Rivas, Magistrados, ha pronunciado

Sentencia 185/2012, de 17 de octubre de 2012. Cuestión de inconstitucionalidad 8912-2006. Planteada por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de las Palmas de Gran Canaria en relación con el artículo 92.8 del Código civil, en la redacción dada al mismo por la Ley 15/2005, de 8 de julio. Derecho a la tutela judicial efectiva, exclusividad jurisdiccional y principio de protección a la familia: nulidad parcial del precepto legal que, en los procesos de separación y divorcio en los que no medie acuerdo entre los padres, supedita al informe favorable del Ministerio Fiscal la adopción de un régimen de guarda y custodia compartida de los hijos menores de edad. Voto particular.
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6817-2010, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil (BOE de 13 de diciembre de 2010)

Por desgracia, aún hoy todo son promesas incumplidas (Las falsas promesas de los partidos políticos dejan tirados en la cuneta a miles de hijos de padres separados huérfanos de padre vivo), y desde luego las nuevas formaciones anunciadas como alternativa a esa casta política que tanto criticaban dejan más que clara a través de los hechos, y que sin duda en política más que en ningún otro sitio valen más que las palabras, su posición frente a la defensa de los derechos de los menores indefensos cuando sus padres acuden a los juzgados para dirimir la guarda y custodia de los hijos, El PP puede adelantarse a partidos que en su piel mantienen la cal viva de antaño cuando se oponen a la custodia compartida como derecho de los niños


López Aguilar asegura ahora que subsanará en el Senado el 'error de voto' en la Ley del Divorcio


Ya entonces nos engañaron, o supuestamente fue una confusión que prometieron rectificar, pero nos quedamos a día de hoy igual que estábamos. Después el Partido Popular prometió algo similar, pero aún seguimos esperando, pues con Ministro nuevo y todo, y contando que el mencionado lleva cobrando salario ya unos cuantos añitos por su cargo, aún el borrador sigue como tal, borrado a la hora de impedir que los hijos de padres separados españoles sean maltratados y víctimas de esa cal viva impregnada del machismo, que en pleno siglo XXI permite que los mujeres en España carguen con el trabajo del cuidado de los hijos a cambio de una retribución económica y en la mayor parte de casos el uso de la vivienda familiar, mientras que a la figura paterna la única obligación que se impone es la del sostenimiento económico de los hijos a través de la madre.

Gallardón se compromete a presentar en 6 meses una Ley nacional de Custodia Compartida que priorice el derecho del menor


aunque volvieron a retomar de nuevo su promesa incumplida en el último Congreso celebrado hace pocas semanas

El PP aprueba por mayoría promover la custodia compartida pero ni Rajoy ni Soraya expresan su opinión


Otros enlaces relacionados con la Asociación Custodia Paterna:
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«Lo que sucedía en los juzgados era dañino para los niños»
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El canto del grillo - En voz alta - Custodias después de una separación
Debate por la CUSTODIA COMPARTIDA, con Ana Mª Pérez del Campo y Lucía Etxebarría en contra

- Los hijos salen del juzgado huérfanos de padre vivo Debate por la custodia compartida 6-10-2016
Debate por la custodia compartida 23-6-2012 "Existe una cosa que se llama biberones"
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Despacho feminista "ABA ABOGADAS": Mitos de la custodia materna y errores de la compartida
La Asociación Custodia Paterna nace para ayudar a los padres divorciados


CÓMO LLEGAR AL CAMPUS DE VILLAVICIOSA DE ODÓN
En COCHE
LLEGAR A LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID ES MUY SENCILLO EN COCHE
C/ Tajo s/n, Villaviciosa de Odón, 28670 Madrid Coordenadas GPS: 40.372, -3.915

Viniendo del Norte de Madrid

Lo más recomendable es utilizar la M-40, tomar la salida 36, dirección Boadilla del Monte (M-501) y continuar en dirección a Villaviciosa de Odón. La señalización vertical (carteles de color morado) en la M-501 indica claramente cómo nos vamos acercando al Campus Universitario hasta tomar la salida 8.

Viniendo del Sur de Madrid

Lo más recomendable es utilizar la M-50, tomar la salida 69, dirección Villaviciosa de Odón (M-501). La señalización vertical (carteles de color morado) en la M-501 indica claramente cómo nos vamos acercando al Campus Universitario hasta tomar la salida 8.

Viniendo del Oeste de Madrid

Lo más recomendable es utilizar la M-50, tomar la salida 72 (M-511 / M-501 / Boadilla del Monte / Villaviciosa de Odón / Brunete), y continuar en dirección Villaviciosa de Odón (M-501). La señalización vertical (carteles de color morado) en la M-501 indica claramente cómo nos vamos acercando al Campus Universitario hasta tomar la salida 8.


En AUTOBÚS
En el sistema de transporte público de la comunidad de Madrid, Villaviciosa de Odón se encuentra localizada en la zona B2. El abono que te permitirá todos los desplazamientos entre ésta y otras zonas se puede adquirir en estancos, taquillas de metro y casillas de la EMT, siendo muy interesante el descuento en la modalidad de abono joven. Existe además un abono especial para los que sólo se desplacen de Villaviciosa a la Universidad (Urb. El Bosque.)

Información sobre abonos: 91 580 45 40
Información sobre líneas de transporte: 91 580 19 80

Las siguientes líneas regulares de autobús acceden al campus desde diversas zonas de Madrid:

Línea 518 Madrid (Príncipe Pío) - Villaviciosa de Odón. Metro Príncipe Pío. Línea 6 (circular) 10 y Ramal de Metro.
Línea 538 Villaviciosa (Universidad) - Boadilla (Pta. de Boadilla). Ver plano
Línea 519 Móstoles - Villaviciosa de Odón.
Línea 510 Alcorcón - Villaviciosa de Odón - El Bosque.
Línea 567Majadahonda - Villaviciosa de Odón.





Fuente:
CUSTODIAPATERNA
Calle Vinaroz nº 31 (entrada por C/Pradillo)
28002 MADRID
Tel: +34 676 52 96 51
Email: info@custodiapaterna.org
Web: www.custodiapaterna.org





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