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martes, 20 de mayo de 2014

PETICIÓN DE QUE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS TENGA ENTRE SUS VALORES Y RECOMENDACIONES LA MEDIACIÓN FAMILIAR, LA CUSTODIA COMPARTIDA, Y DOS COSITAS MÁS. POR LA PAZ Y LA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES EN CASOS DE SEPARACIÓN/DIVORCIO.

Martes, 20 de Mayo, 2014


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ILMO. SR. ALCALDE DE BURGOS Y CORPORACIÓN MUNICIPAL
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS
BURGOS

Copia para los grupos políticos de ese Ayuntamiento de Burgos:_ PARTIDO POPULAR, PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL E IZQUIERDA UNIDA. (Más UPD)

Asunto: PETICIÓN DE QUE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS TENGA ENTRE SUS VALORES Y RECOMENDACIONES LA MEDIACIÓN FAMILIAR, LA CUSTODIA COMPARTIDA, Y DOS COSITAS MÁS. POR LA PAZ Y LA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES EN CASOS DE SEPARACIÓN/DIVORCIO.
Burgos, 20 de mayo de 2.014
Ilmo. Sr.:
Peticiones que se hacen en virtud del derecho constitucional de petición, contemplado en el artículo 29.1 de la Constitución Española.
El pasado martes, 13 de mayo de 2.014, varios padres de familia separados/divorciados asistimos a la conferencia “CUANDO LA FAMILIA CAMBIA, PATERNIDAD Y MATERNIDAD RESPONSABLES EN LOS PROCESOS DE DIVORCIO.”, que venía, se estima que aún viene, en las páginas web de ese Ayuntamiento de Burgos:
Todas las personas, que, por parte de ese Excmo. Ayuntamiento de Burgos, intervinieron presentando la conferencia, como las dos conferenciantes,  Aurora Sastre Ubierna, y Miriam López Maqueda,  con un lenguaje accesible, explicaron sus razones y razonamientos sobre los diversos objetivos de la conferencia, siendo esto lo que aparece en sus páginas web:
- Reflexionar sobre la actitud que como profesionales adoptamos y trasmitimos a las familias en los procesos de divorcio.
- Promover que los niños y niñas puedan mantener sus vínculos afectivos hacia las personas que quieren, antes y después del divorcio.
- Entender el divorcio como proceso de cambio, más que como fracaso.
• Entender el divorcio como un proceso de cambio y no de fracaso vital
• Ser conscientes de que la pareja puede terminar pero las responsa­bilidades parentales son para toda la vida.
• Promover que los niños y niñas puedan mantener sus vínculos afec­tivos hacia las personas que quieren, antes y después del divorcio.
• Reflexionar sobre la actitud que como profesionales adoptamos ante este tipo de procesos.
Por supuesto, todos sus argumentos y declaraciones manifestados merecen el más profundo respeto, otra cosa es que se compartan por todos, y que los asuman el propio Ayuntamiento de Burgos y los distintos grupos políticos que componen la actual Corporación Municipal, lo cual se desconoce, al intervenir personas que no forman parte del personal
de ese Ayuntamiento de Burgos.
Porque lo que es exigible a nuestros gobernantes es que asuman el ordenamiento jurídico vigente  para, a partir del mismo, proponer reflexiones y actuaciones, acordes con la difícil situación económica actual de muchas familias, en un país que atraviesa una tremenda crisis.
El hecho de contratar profesionales, altamente cualificados, que transmiten conocimientos en campos cambiantes sobre temas muy delicados, como son las relaciones libremente consentidas entre hombres y mujeres, debe basarse en un conocimiento y respeto de la legalidad vigente, y de los problemas sociales.
En la presentación de las dos conferenciantes, la responsable de ese Ayuntamiento de Burgos empezó por leer un montón de argumentos que venían en una publicación por los que diversas personas se habían separado o divorciado.
¿ EL DIVORCIO: CAUSA DE FAMILIAS ROTAS O EJERCICIO DE UN DERECHO ?
Y de derecho se habló poco y discutible en esa sesión informativa dirigida a profesionales, de entrada libre. En efecto, claro y alto se indica en la LEY 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio.

“En coherencia con esta razón, el artículo 32 de la Constitución configura el derecho a contraer matrimonio según los valores y principios constitucionales. De acuerdo con ellos, esta ley persigue ampliar el ámbito de libertad de los cónyuges en lo relativo al ejercicio de la facultad de solicitar la disolución de la relación matrimonial.
Con este propósito, se estima que el respeto al libre desarrollo de la personalidad, garantizado por el artículo 10.1 de la Constitución, justifica reconocer mayor trascendencia a la voluntad de la persona cuando ya no desea seguir vinculado con su cónyuge. Así, el ejercicio de su derecho a no continuar casado no puede hacerse depender de la demostración de la concurrencia de causa alguna, pues la causa determinante no es más que el fin de esa voluntad expresada en su solicitud, ni, desde luego, de una previa e ineludible situación de separación.”

Por tanto, se estima que sobraban argumentos de revista por los que la gente se separa y divorcia. Los ciudadanos de esta ciudad nos separamos y divorciamos porque lo permite la ley, no por los argumentos que se pudieron escribir en una revista y que se consideró oportuno leer a modo de presentación de un acto organizado por el Ayuntamiento de Burgos. Otra cosa es que de una pareja los dos quieran el divorcio.

Por lo tanto, estamos, en principio, ante decisiones personales y legales, que no hay que justificar, que no hay que informar en el pleito, y que no hay que comprender, ni intentar que los demás lo comprendamos. Duro, pero es así, a partir de los tres meses de la celebración del matrimonio. Y esto sucede en la inmensa mayoría de peticiones judiciales.

En dicha ley se habla de que se puede decretar la separación o divorcio antes de tres meses desde la celebración del matrimonio. Esto es lo que se indica en el artículo 81.2º del Código Civil:

“No será preciso el transcurso de este plazo para la interposición de la demanda cuando se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.”

Sin embargo, se tiene la convicción de que en el JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE BURGOS no se decreta ninguna separación o divorcio por causa de maltrato alguno. Y, por supuesto, tampoco en el juzgado con competencia de familia en Burgos. A otros de desmentirlo o confirmarlo, pero bien harían los miembros de la actual Corporación Municipal en preguntar e informarse por esto que se indica, antes de meterse en las relaciones libremente consentidas entre hombres y mujeres, con teorías ajenas al derecho aplicable en Castilla y León, y en campañas basadas en teorías y criterios “impuestos” desde fuera de nuestras fronteras. ¿ Es que nadie quiere reconocer que se habla de las mismas cosas en muchos sitios al mismo tiempo ?. Y anatema al que “dude” de esos nuevos vientos mundiales, que se extienden como la espuma por muchos sitios. ¿ Será una nueva religión en la que hay que creer a pies juntillas  ?.

Es de suponer que el Ayuntamiento de Burgos no afirmará que los hombres y mujeres que contraen matrimonio en sus dependencias, y bajo su responsabilidad, lo hacen bajo coacción, y sin libertad. Y que las leyes de este país “obligan” a convivencias no queridas, es decir, forzadas.

Esta libertad queda garantizada, desde el año 1.981, sin que titulados especialistas funcionarios o contratados por  ese Ayuntamiento de Burgos, ni abogados o jueces sean precisos para dejar de convivir, tal como se contempla en el artículo 105 del Código Civil:
“No incumple el deber de convivencia el cónyuge que sale del domicilio conyugal por una causa razonable y en el plazo de treinta días presenta la demanda o solicitud a que refieren los artículos anteriores.
Artículo 105 redactado por Ley 30/1981, 7 julio («B.O.E.» 20 julio), por la que se modifica la regulación del matrimonio en el Código Civil y se determina el procedimiento a seguir en las causas de nulidad, separación y divorcio.”

VIVA EL PLEITO

El derecho civil en esta ciudad y comunidad es derecho rogado, es decir pedido, y, en temas de familia, se decide judicialmente, normalmente, cuando los cónyuges y a menudo padres no llegan a acuerdos y se solicita resolución judicial, salvo en el tema del vínculo en sí, en que se produce la separación o el divorcio aunque uno de los cónyuges y a menudo padre no lo desee, “grosso modo”. Y en ello no suele haber pleito, salvo en algunos casos concretos, en que a un divorcio se pida una nulidad, por ejemplo.

Por tanto, si alguien quiere pleitos, y los impone, sin intentar reflexionar con el cónyuge es porque lo permiten los Sres. Políticos, que “no obligan” a los cónyuges y padres a sentarse con los problemas encima de la mesa, para reflexionar sobre los distintos caminos que se podrían tomar. Y no se afirma en este escrito que haya que llegar a acuerdos, pero, ¿ dónde está el problema para que se pongan los problemas encima de la mesa y se reflexione por los miembros de una pareja y a menudo padres sobre los mismos, y ver las distintas alternativas o caminos a seguir ?. Por supuesto, sin que se deba justificar o discutir sobre el ejercicio de solicitar la separación o el divorcio. Eso es personal, legal, y respetable.

PROBLEMAS SOCIALES Y LUCHA POR MEDIOS ECONÓMICOS. ¿ ES POSIBLE LA INDEPENDENCIA  ECONÓMICA DE TODOS LOS QUE VIVEN CASADOS Y EN PAREJA ?

Obviamente, hay problemas ajenos a los cónyuges, o parejas, y padres que no tienen fácil solución por los mismos: los de tipo social, cuando hay paro, empleos precarios, pobreza, hablando claro. Y con demasiados millones de parados………

Lo que se está permitiendo por parte de los que pudieran evitarlo, al menos en muchos casos, son luchas salvajes y crueles, en que se “combate” por medios económicos comunes, de uno de los padres e incluso de otros, como podrían ser abuelos. Y, muy a menudo, con grandes gastos en los pleitos, que originan más pleitos a lo largo de los años.

Aquí  no se discute qué partido debió arreglar los problemas del paro o si este problema lo deben arreglar los actuales gobernantes en todas las administraciones, pero, la libertad de hombres y mujeres queda condicionada en muchos casos por problemas de paro, empleos precarios, pobreza, en definitiva. Una vivienda y no hay para dos…..

¿ DE DÓNDE VIENE UNO DE LOS GRANDES PROBLEMAS DEL DIVORCIO ?. EL USO DE LA VIVIENDA.

Sobre este tema en el diario EL MUNDO de 19 de mayo de 2.014, D. Luis Zarraluqui, prestigioso abogado de familia, con amplia experiencia en pleitos de familia, publica un interesante artículo, con el título: LA “PROBLEMÁTICA” VIVIENDA FAMILIAR, que se adjunta. Se adjunta copia del mismo.



La Ilma. Sra. Jueza de Familia de Burgos, Dª  María Nuria Alonso Molpeceres en las recientes V JORNADAS SOBRE DERECHO DE FAMILIA DE BURGOS, organizadas por la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ABOGADOS DE FAMILIA y el ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE BURGOS, en febrero de 2.014,  y ante muchos abogados, manifestaba que ella es partidaria de que la vivienda familiar, normalmente propiedad e hipotecada,  en muchos casos, de ambos padres se vendiera al separarse/divorciarse. Valiente postura que temo no comparten muchos Sres. Políticos, que “ofrecen” a la mujer el “desalojo” rápido del padre, que antes llamaban marido. Es de agradecer el testimonio “valiente” de esta titular del ejercicio jurisdiccional en Burgos.  Lógicamente, ése sería el cambio legislativo que ella propondría si estuviera en sus manos. Se agradece su franqueza.

Cuántos dramas verá todos los días, en que todo vale, para justificar un robo pirata de legítimos derechos económicos de muchos padres, “notoriamente”. Cuántos informes psicosociales quedan “contaminados” por el uso de la vivienda familiar, y en que se pueda usar el “desalojo” o “expulsión”  de uno de los padres, normalmente el hombre, como algo normal, y como  “excusa” el bien superior del menor. Pobres niños, os utilizan para “ocultar” problemas sociales.  Por supuesto, nadie reflexiona si el padre debe dormir en un albergue de Cáritas, debajo de un puente, o es acogido por familiares o amigos. Y eso no parece importar a nadie. ¿ Les parece bien a los actuales responsables del Ayuntamiento de Burgos ?.

Por tanto, mal podemos aceptar los padres separados/divorciados que se comentara en dicha conferencia, “CUANDO LA FAMILIA CAMBIA, PATERNIDAD Y MATERNIDAD RESPONSABLES EN LOS PROCESOS DE DIVORCIO.”,  que había que explicar a los niños que uno de los padres debe abandonar el domicilio familiar, que tendría que buscarse otra vivienda, etc. Que habrá dos viviendas…..

La realidad, se expulsa, principalmente, a padres de familia del domicilio familiar de manera brutal.

Nadie se extrañe si se afirma que puede haber casos en que se recomienden denuncias para acelerar los trámites, pues la justicia de familia, como todas en este país, es lenta: DENUNCIA MUJER, NOCHE O FIN DE SEMANA EN COMISARÍA DEL PADRE, Y YA NO VUELVE A PISAR EL DOMICILIO FAMILIAR.

¿ Denuncias falsas ?. ¿ Quién o quiénes lo pueden recomendar o sugerir ?. Pero que eso pueda acelerar negociaciones….. o firmas esto o……… ¿ Existen ?.  No se debe negar.

AÑOS DE MALTRATO PSICOLÓGICO, U OTROS,  Y OBLIGACIÓN DE INFORMAR DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS

Demostrado que la ley da una libertad total, de convivir o no, desde el primer segundo de contraído libremente matrimonio, con la persona elegida, sin que fuera en estos momentos  necesario dicho vínculo, al haber asumido la sociedad que vivir sin ese vínculo es algo normal, cuando hace no muchos años había una grandísima presión social contra las personas divorciadas y nacimientos fuera del vínculo matrimonial.

Si a la mayor parte de los ciudadanos de la ciudad de Burgos les preguntaran qué artículos y de qué ley se leen en el Ayuntamiento de Burgos y juzgados al contraer matrimonio, pocos, muy pocos, sabrían  de qué se habla.

Total, cada uno tiene sus propias ideas sobre lo que es el matrimonio. En esos artículos, aunque nadie lo quiera saber, no se “exige” sexo, cariño, hijos….. comunes. Seguramente, en la mayor parte de matrimonios haya de todo eso, pero existe el vínculo matrimonial sin cariño, sin hijos y sin sexo.

En cuanto a la posible obligación de convivencia, la propia Ley de Enjuiciamiento Civil contempla que los cónyuges podrían residir en sitios distintos, y no por eso no hay matrimonio:
“Artículo 769 Competencia
1.      Salvo que expresamente se disponga otra cosa, será tribunal competente para conocer de los procedimientos a que se refiere este capítulo el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio conyugal. En el caso de residir los cónyuges en distintos partidos judiciales, será tribunal competente, a elección del demandante o de los cónyuges que soliciten la separación o el divorcio de mutuo acuerdo, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado.”
Y si la separación y el divorcio se producen, aunque lo solicite uno solo de los cónyuges……
“A petición de uno solo de los cónyuges, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio……..”
¿ Estará fallando la información que pone el Ayuntamiento de Burgos al alcance de hombres y mujeres…….. ?. ¿ O la no información sobre ello ?.
¿ Dónde está el problema ?. No es misión de este escrito ni estudiar el problema, ni resolverlo, pero la ley “garantiza”, “permite”,  y “facilita” el no convivir si no se desea, sin explicaciones.
Legalmente, no es ninguna exageración manifestar que el matrimonio no es una jaula, una cárcel, sino una situación libremente aceptada por personas que acceden libre y voluntariamente. Desde el primer segundo hasta el último.
¿ Por qué recibe una mujer ayuda si manifiesta algún tipo de maltrato y no una mujer que desee “acceder” al divorcio, porque lo “permite” la ley ?. No es misión de este escrito responder a esta pregunta “lógica”.
NO A LOS CUENTOS DE LECHERA SOBRE EL DIVORCIO Y SU SUPERACIÓN
Es comprensible que desde la psicología y los buenos pensamientos quiera el Ayuntamiento de Burgos  vender  a la población de Burgos que la vida es bella y aquí no ha pasado nada, y no está pasando nada.
Sí, pasan muchas cosas. No sólo hay, a menudo, hijos comunes que precisan ayuda durante muchos años, sino intereses económicos entre los padres que tardan años en resolverse, y que  tardan muchos años en solucionarse, y que son fuente de muchos conflictos, durante años, años y más años.
Ésta es la página web de Dª Miriam López Maqueda:
Y ésta es su presentación:
“Abogada especializada en Emociones; Coherencia personal; Equilibrio y Confianza (derecho de familia, pareja, ecología emocional, educación).”
Los padres separados/divorciados no somos delincuentes, pero se nos trata como criminales, no por esta persona, pero tanta denuncia y tanta recomendación sobre presunta violencia de género….. no deja ver el bosque. Hombres y mujeres normales que ejercen su derecho a divorciarse, porque lo quiere uno, o los dos. La gran mayoría somos ciudadanos sin tacha, normalitos, unos y unas.
Una denuncia puede significar una noche de calabozo, o un fin de semana de calabozo.
Los hombres actuales de la ciudad de Burgos, ni fuimos injustos con las mujeres a lo largo de la historia. Ni estamos implicados en la trata de mujeres o niños, ni en mutilaciones genitales femeninas, ni en matrimonios forzados, ni discriminamos a la mujer en la enseñanza o en el trabajo. Ni tenemos capacidad para discriminar a mujer alguna. Ni concedemos plazas de funcionarios a hombres en detrimento de mujeres, si eso existiera…….. Entonces……….
Se respetan los servicios que pueda ofrecer el Ayuntamiento de Burgos a personas en procesos de separación o divorcio, o para superarlo, otra cosa es que se pueda estar de acuerdo en todo lo que se comente, y en eso radica la libertad de pensamiento, pero que nadie llame inmaduro a nadie, intentando justificar que se abren nuevas posibilidades. No siempre. Vemos muchos casos dramáticos de buenos  padres y ciudadanos de esta ciudad y del resto del territorio nacional.
LO QUE NO SE DESEA A LOS HOMBRES DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE BURGOS Y A LOS HOMBRES QUE TRABAJAN PARA EL MISMO, NI A SUS FAMILIARES, NI A SUS AMIGOS, NI…….
1º.- Que con una denuncia de su cónyuge o pareja pasen una tarde noche o un fin de semana en un calabozo.
2º.- Que les expulsen del domicilio familiar, nada más comparecer ante un juez.
3º.- Que les obliguen a pagar una pensión compensatoria a la mujer, aunque según explicaba la Ilma. Sra. Dª Blanca Isabel Subiñas Castro, Jueza decana de los jueces de Burgos, en su conferencia sobre “ASPECTOS JUDICIALES Y TRABAJO SOCIAL”, organizada por el COLEGIO OFICIAL DE TRABAJO SOCIAL DE BURGOS, en enero de 2.014, se suelen conceder pocas. Y del paro no somos culpables los maridos, como se nos llamaba antes. Ojo a los que empujan a la pobreza a muchas mujeres. Denunciar es fácil, conseguir una correcta situación laboral muy difícil.
4º.- Que les obliguen a pagar todo o parte de la cuota del préstamo/crédito de una vivienda de la cual es propietario o copropietario durante quince o veinte años, de la cual les han expulsado, y cuya posible venta puede ser un infierno al cabo de muchos años.
5º.- Que les impidan ver a sus hijos o se lo dificulten en fines de semanas alternos y vacaciones escolares. Origen de muchas denuncias.
6º.- Que se gasten un dineral en abogados, procuradores y tasas de pleitos que pueden duran años.
7º.- Que tengan una o varias denuncias al año por cabrearse, y motivos no les faltan.
8º.- Que operen a sus hijos y no se lo comuniquen, ni les pidan su autorización.
9º.- Que den a sus hijos educación religiosa o atea, y no pinten nada. Ni les pida la persona o institución que se lo dé su autorización. Puede que ni se enteren. Algún padre no sabe que sus hijos van a catequesis.
10º.- Que pierdan el contacto con sus hijos.
11º.- Que reciban tratamiento psicológico sus hijos con dinero público por parte de asociaciones en que les tratan como maltratadores y delincuentes sin que les conozcan, a los padres.
12º.- Que ingresen a sus hijos en casas de acogida, siendo Uds. titulares de pleno derecho de la patria potestad compartida, y sin que un juez o fiscal lo haya autorizado, y sin que lo conozca.
13º.- Alguno pierde el trabajo, a consecuencias de denuncias y detenciones. ¿ Y qué van a comer los hijos, Sres. Políticos ?.
14ª.- Que trasladen a sus hijos a otras ciudades o países, y no puedan hacer nada.
Etc., etc.
En cuanto que alguien cuente a la población de Burgos que con el divorcio dos viviendas para explicárselo a los niños, pues la experiencia nos dice que en muchos casos no. En muchos casos son los abuelos paternos los que acogen a los hijos y a los nietos. Esos son los paganos habituales de las denuncias que puedan sugerir los servicios sociales del Ayuntamiento de Burgos y asociaciones subvencionadas.
En otros casos, en una habitación en un piso compartido.
Y qué decir cuando hay paro del padre y de la madre, o de uno de ellos. Por favor, con el divorcio puede haber una vida peor, para todos. No vendan que eso es maravilloso y el que no lo quiera ver es un inmaduro que no sabe ver nuevas oportunidades.
Y en cuanto a las consecuencias: hijos de varios padres o madres. Varias decisiones judiciales afectando a los distintos hijos, a los distintos cónyuges o parejas… Vamos, un mundo en que cada conviviente necesita su propio abogado.
A los niños, menos cuentos: NO TIENEN DERECHO A CONVIVIR CON LOS DOS PADRES SI LOS DOS PADRES NO LO DESEAN. Sobra la psicología.
Esas son realidades de los que vivimos en Burgos, en la ciudad de Burgos: padres, abuelos, niños………..
LA LEY Y LO QUE SE LE PIDE A UD., ILMO. SR. ALCALDE DE LA CIUDAD DE BURGOS Y A LOS GRUPOS MUNICIPALES DE LA ACTUAL CORPORACIÓN
PRIMERO.- En el derecho de familia prima el acuerdo sobre el pleito, por tanto se le pide a Ud., se les pide a Uds., que el Pleno de la Corporación se manifieste por recomendar a los que vivimos en la ciudad de Burgos la MEDIACIÓN FAMILIAR y la reflexión “antes” de solicitar la separación o el divorcio.
SEGUNDO.- Cuando se contrae matrimonio en ese Ayuntamiento de Burgos se indica que los cónyuges se casan en igualdad de derechos y deberes. El sistema de primar a un padre sobre otro en el cuidado y custodia de los hijos comunes no viene siendo un sistema perfecto, sino todo lo contrario. Dado que es un sistema que da muchísimos problemas, y dado que a los contrayentes se les obliga a contraer matrimonio en igualdad de derechos y deberes, manifiesten Uds. su apoyo a la CUSTODIA COMPARTIDA públicamente.
TERCERO.- Que, siguiendo el parecer de la Ilma. Sra. Jueza en temas de familia de Burgos, Dª María Nuria Alonso Molpeceres, manifieste esa Corporación Municipal que en caso de compartir la propiedad de una vivienda los padres separados y divorciados se recomienda que se proceda a la venta de la misma, bien porque la compra uno de los propietarios, bien porque se vende a terceros, y desde el mismo momento de plantearse la petición de separación/divorcio. Y el que no sea propietario pues que busque un alquiler o compre otra vivienda.
CUARTO.- Aunque debiera ir en primer lugar, que se informe a la población que puede dejar de convivir en cualquier momento, en su relación matrimonial y de pareja, sin que haya que pedir permiso a nadie. ¿ Se evitará con eso los dolores de cabeza y los maltratos psicológicos ?. Qué nadie alegue ignorancia y manifieste años de maltratos. Que los dolores de cabeza sean por no llegar a fin de mes, nunca por las libres relaciones de pareja.
Aunque defendemos la MEDIACIÓN FAMILIAR OBLIGATORIA y la CUSTODIA COMPARTIDA COMO NORMA GENERAL, y las excepciones a estudio, para ayudar a los distintos grupos políticos de la actual corporación municipal  de la ciudad y Ayuntamiento de Burgos a llegar a un acuerdo unánime, no se les solicitan en esos términos. Y se pide que sean recomendaciones a toda la población, nunca imposiciones, porque los cambios legales no están en sus manos, pero ayudar a la concordia entre hombres y mujeres, padres y madres, sí. ¿ Nos lo negarán a los vecinos de Burgos ?.
UNA ÚLTIMA REFLEXIÓN
Sería conveniente que las charlas que dan a separados y divorciados, financiadas por el Ayuntamiento de Burgos,  fueran siempre con la presencia de los dos padres. ¿ Por qué ?. Porque como no lleven una buena relación ambos padres sobre sus temas y responsabilidades comunes mal pueden empezar una nueva vida, con nuevas parejas u otras modalidades. Los divorcios mal terminados no ayudan a un feliz presente y futuro.  Es decir, su PROGRAMA DE APOYO A FAMILIAS EN SITUACIÓN DE SEPARACIÓN, DIVORCIO O RUPTURA CONVIVENCIAL 2014 sería conveniente que tuviera como requisito la presencia de los dos padres. ¿ Da miedo enfrentarse a ese reto ?.
Gracias por la atención que se estima darán a estar propuestas, en  bien de los ciudadanos de esta ciudad. Esto no cuesta dinero. ¿ Serán todos Uds. tan valientes como la Ilma. Sra. Jueza de Familia de Burgos, Dª María Nuria Alonso Molpeceres ?. O viva la guerra, viva el pleito.
Se ruega informen sobre este petición, al amparo de la Constitución Española.
Atentamente,


Jesús AYALA CARCEDO, de la ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA SEPARADOS DE BURGOS-A.P.F.S.-BURGOS.
P. D.- Se espera de todos Uds. el coraje de aprobar una declaración de principios sobre estos cuatro puntos. Se insiste, recomendaciones, nunca imposiciones. Gracias en nombre de los niños de Burgos.
No se olvida a esos abuelos que tienen problemas para ver a sus nietos. Y se agradece a tantos abuelos, que con pequeña pensión, acogen a sus hijos “expulsados” de sus propiedades, de su vivienda, y que permiten que puedan padres e hijos verse fines de semana y vacaciones. Sin ellos habría un estallido social de violencia. ¿ Es justo que la libertad que ofrecen los Sres. Políticos a las mujeres la paguen los suegros ?.

La 'problemática' vivienda familiar

La legislación española establece que aquel de los progenitores al que se atribuye la custodia de los menores, se queda con el uso del domicilio familiar. Y se queda con ella hasta que los menores sean económicamente independientes (no hasta que los menores sean mayores de edad); no importa quién sea el propietario de la casa,  cuánto tiempo lleven en la casa ni la cuantía de la hipoteca que se esté pagando.

Esta circunstancia provoca que la pelea por la custodia de los hijos se recrudezca porque el premio es, al menos, triple. El que se queda con los niños se queda con el uso de la casa (no digamos si además la casa es del otro y por lo tanto no se paga alquiler ni hipoteca) y además recibo una pensión de alimentos para mantener a esos niños. Pero esto podemos redondearlo si, además, somos el "culpable" de la ruptura ya que desde la ley 15/2005 no existen culpables y, por lo tanto, el que yo tenga ya nueva pareja - que incluso podré instalar en la casa - no altera las circunstancias.

Y todo lo anterior durante los próximos ¿10,15, 20... años?. Hasta la independencia económica  de los menores; en estos tiempos...

Y para el que tiene que irse de la casa - e instalarse en una casa parecida, si su economía se lo permite, para que los niños quieran ir con él y no aumentar sus desgracias - lo contrario; es decir, en el mejor de los casos hará frente a la parte que le corresponde de la hipoteca (además de pagar su nuevo alquiler y la correspondiente pensión de alimentos) y en el peor, por tener la "suerte" de ser el propietario de la misma, el 100% del préstamos hipotecario. Y todo ello en base a ese término - que hoy en día sirve para todo y que nadie sabe bien que quiere decir - que es "el beneficio de los menores".

Otra opción es la que llevó a cabo un cliente mio - 50 años, director financiero de una empresa con 5.000 euros netos mensuales en nómina y dos hijos - que es "llamar a las puertas" de casa de sus padres para pedirles que por favor habilitaran el cuarto que él tenía de niño y el cuarto de los trastos, porque tenía que volver a instalarse allí y llevar consigo a sus hijos los fines de semana que le corresponde.  Mi cliente había calculado que con el pago del 100% de la hipoteca - la casa la había heredado de su abuelo -  que utilizó para reformar la vivienda y dejarla a gusto de su pareja, más las pensiones de alimentos que tiene que pagar (los dos niños van a colegios privados) solo podía aspirar a alquilar una vivienda amueblada (no nos olvidemos que el que deja  el domicilio familiar no tiene derecho a llevarse un solo mueble, solo ropa y enseres personales) o a instalarse en casa de sus padres. Finalmente se decidió por ésta segunda opción ya que asumió que con toda probabilidad la casa alquilada amueblada iba a ser fuente de constantes incumplimientos del régimen de visitas ya que era imposible que pudiera competir con el domicilio familiar que con tanto cariño (y dinero) había montado.. Por lo menos en la casa paterna podría tener dinero para llevar a los niños de vacaciones.

¿Y todavía nos sorprende que aumente la conflictividad familiar?    
Luis Zarraluqui
Es miembro de una larga saga de letrados pioneros en el Derecho de Familia. Abogado en ejercicio desde 1987, en 1992 asumió la dirección de Zarraluqui Abogados de Familia, bufete que creó su abuelo y potenció su padre, Luis Zarraluqui Sánchez-Eznarriaga. Es profesor en un master de su especialidad y ha sido presidente de la Comisión de Derecho de Familia de la Unión Internacional de Abogados.
 El text fue enviado por JESSUS AYALA

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