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martes, 2 de julio de 2013

Un protocolo evitará conflictos entre padres separados y los colegios de sus hijos

Martes, 2 de Julio, 2013

La Conselleria de Educación, Cultura y Deporte implantará durante el próximo curso 2013-14 un protocolo de actuación que regulará las relaciones de los centros educativos con los padres separados o divorciados y con el que se pretende evitar conflictos.
Según fuentes de la Generalitat, este protocolo tiene como objetivo establecer cómo deben actuar los centros teniendo en cuenta los derechos y deberes que asisten a los progenitores en función de si tienen la patria potestad o la guarda y custodia.
Se pretende que los centros puedan garantizar que ambos progenitores, en el caso de que tengan la patria potestad, reciban información académica, participen en la elección del centro, así como en el funcionamiento del colegio, puedan recoger a los menores o autoricen la difusión de material audiovisual del menor.
Esta norma es una respuesta a la situación generada por un número cada vez mayor de alumnos con padres separados pero que mantienen obligaciones con sus hijos, como es la responsabilidad de su educación.
Asimismo, se pretende evitar conflictos que afectan al sistema habitual de comunicación y relación del centro con los progenitores separados o divorciados ante la divergencia de intereses entre los padres y madres de los alumnos. Según la Generalitat, esta medida ha sido consensuada con las principales asociaciones que promueven la custodia compartida en la Comunitat Valenciana, con las que la Conselleria ha mantenido diversos encuentros.
Como primer apartado, las instrucciones establecen que cuando el centro deba tomar una decisión educativa con respecto al menor y constate un desacuerdo manifiesto entre los progenitores, deberá remitirlos a la autoridad judicial poniendo los hechos en conocimiento del Ministerio fiscal si considera que existe un riesgo para la vida, la integridad, salud, dignidad o libertad del menor o que la situación es gravemente perjudicial o dañosa para el hijo.
En cuanto a la escolarización del menor, el centro requerirá la firma de ambos progenitores para proceder a su matriculación por primera vez o a un cambio de centro del menor, en el caso de que la sentencia o auto de medidas provisionales no haya dispuesto nada sobre el ejercicio de la patria potestad en materia educativa.
En cuanto a la recogida del centro, el menor se entregará al padre, madre o tutor, según establezca la resolución judicial, sin perjuicio de que éste pueda autorizar por escrito al otro progenitor o a una tercera persona para que lo recoja en su nombre. Otra de las directrices que se da a los centros es acerca de la información sobre el proceso de evaluación. En el caso de que ambos progenitores tengan la patria potestad, el centro duplicará la información de la evolución académica del alumno para entregarla a ambos.
http://www.laverdad.es/alicante/v/20130701/provincia/protocolo-evitara-conflictos-entre-20130701.html

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