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sábado, 2 de marzo de 2013

Soy la docente rosarina a la que le "embargan el sueldo por impedir que el hijo vea al padre"-Mi versión

 VERSIÓN DE LA MADRE DEL NIÑO

Sábado, 2 de Marzo, 2013
ARGENTINA
La imagen procede del enlace:
- Embargan el sueldo de una madre que impedía que su hijo viera a su padre
 Me dirijo a Uds. a fin de dar mi versión sobre los hechos, a pesar de seguir sosteniendo que los medios de comunicación no son el ámbito de resolución de estos conflictos, motivada por el deseo de frenar la acción propagandística en mi contra.
La información que vuelco a continuación puede ser corroborada en los autos caratulados Echazarreta Adrián c/de Oña Leila s/alimentos 29341/1, que se tramita en el Tribunal Colegiado de Familia nº 5 de la ciudad de Rosario.
Como es de público conocimiento, en el mes de Agosto del año pasado, por primera vez, el juez resuelve el embargo de mi sueldo, siendo yo patrocinada hasta ese momento por la Defensoría Pública a cargo del Dr. Planas. En cuento sale la resolución, con la ayuda económica de mi familia opto por el patrocinio de la Dra. Patricia Guzmán, quien inmediatamente solicita una audiencia (la segunda, de ellas; la 1º tuvo lugar el día 8/3/2012 ). En esta nueva audiencia, del 31/8/2012, quedó establecido:
·         Que faltaban los escritos de mi defensa, en los que se deberían haber explicado los términos de la audiencia, y el  motivo de mi pedido de intervención a psiquiatría de la UNR, y de las visitas dentro del ámbito de los Tribunales.(foja 37: “se plantearon cuestiones que luego se plasmarán en los respectivos escritos”)
·         Que en esa audiencia “acordaron un régimen de visitas de 2 mañanas por semana en la Sala de Trabajadoras Sociales del Tribunal”, pero no se acordó la hora, y dado que mi horario de trabajo es de 7:30 a 12Hs. la Dra. Liliana Dànna me indicó ir a hablar en dicha sala, para que al fijar el horario se tuviera en cuenta esa situación, y se me otorgara el último, es decir, de 12 a 13 hs, y así lo hice.
·         Que me presenté en mi defensoría con certificado de trabajo primero(fs. 134), y luego también con certificado del Jardín del  niño(fs. 135), para que modificaran el horario fijado, en el momento de recibir la cédula de notificación del mismo, y que en la defensoría me dijeron que eso se fijaba por agenda interna de la Sala de Trabajadoras Sociales. Allí también los presenté y me dijeron que no tenían disponibilidad de hs., pero que en cuanto pudieran lo modificaban. También indagué por qué  se había establecido un hs. sin atender a mi pedido, y la asistente social me dijo que en el expediente no figuraba ningún impedimento. Es en ese momento, al leer el expte., que estaba en poder de la As. Social, que veo que falta el escrito.
·         Que me presento entonces con un escrito de mi puño y letra en mi defensoría y me dicen que no me lo pueden tomar, que lo tiene que hacer Planas, y que entonces me presento en la Sala de As. Sociales con dicho escrito.
·         Que en una oportunidad la Asistente Social le planteó al padre el cambio de hs. de 12 a 13 hs. para que yo pudiera llegar, y él dijo que lo iba a consultar con su abogado, y al otro día me comunica la asistente social que se había negado al cambio y que “iba a ir por la multa”. De ese hecho la Asistente Social no había emitido informe al juez, por lo que solicitó su presencia en la audiencia, en cuanto yo se lo relato y es en ese momento en el que lo notifica.
Como el juez ya había resuelto las astreintes, y estaban vencidos los plazos de apelación, al tomar conocimiento de lo antedicho, propone a la otra parte dejarlas en suspenso, para ver si con un cambio de horario yo asistía. A lo que el padre se negó, luego de ser asesorado por su abogado. Por ese motivo el juez le dice que “de ninguna manera va a ser para él, sino que va a ser para otros gastos del menor, que no sean los de alimentos”, y me ofrece pagar el importe en cuotas, a lo que en el momento digo que sí.
A partir de ese momento empiezo a empaparme en el tema y le propongo a mi abogada que  le pida al juez la revisión de su resolución, ya que a mi modo de entender mi defensa solo había actuado a los fines administrativos, no se había respetado mi derecho a trabajar (fuente única, por otra parte, de ingresos para mantener a mi familia), el padre pudo modificar el horario pero se negó de manera dolosa, el expediente estaba incompleto a la hora de tomar una decisión, y, además, ese mismo Tribunal  dictaminó mi insolvencia. El juez rechazó el pedido.
Por otra parte, el padre ha recibido tres intimaciones del juez acerca del pago de la cuota alimentaria, que generalmente efectúa entre el 26 y el 28 de cada mes(en el expte. constan varios resúmenes de movimientos de la cuenta 5012674/0). Aún no accedió a realizar lo acordado respecto a la Asociación Roscharch (alegando no tener dinero para ello) y psiquiatría de la UNR (pedido desde la 1º audiencia, el día 8/3/2012). Pero ese mismo padre si tuvo dinero para irse de vacaciones. También ha habido 2 incidentes de violencia en la Sala de Asistentes Sociales, cuyos informes obran también en el expediente.
Sin más, lo saludo atte. y quedo a su disposición.
Leila de Oña        
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NOTICIA DE REFERENCIA
La mujer deberá cubrir una suma superior a los $6.000. El va por la tenencia
Un Juzgado de Familia de Rosario ordenó embargarle el sueldo a una mujer hasta cubrir una suma superior a los 6.000 pesos por impedir en forma reiterada que su hijo, de 2 años y medio, tenga contacto con su padre. Tras el inédito fallo, que según su abogado sienta un precedente en la Justicia, el hombre, que trabaja de taxista, anticipó que pedirá la tenencia de su hijo.
La medida fue adoptada por el juez de Familia de Rosario, Marcelo Molina, quien ordenó el embargo de 6.500 pesos del sueldo que la mujer percibe como docente por no cumplir el régimen de visitas y obstaculizar el vínculo del nene con su padre, por lo que ya la había sancionado el año pasado.
“La docente pactó con el juez el pago en cuotas de esa suma, pero luego no cumplió, comentó a Télam el abogado del padre del niño, Alejandro Dvoretz.
El año pasado el hombre iba todos los martes y jueves a los tribunales locales para ver a su hijo, pero la madre no lo llevaba. El juez Molina había dispuesto un espacio especialmente acondicionado en el Palacio de Tribunales para que padre e hijo pudieran tener privacidad.
Dvoretz dijo que el padre “se había comprometido a utilizar ese dinero en beneficio exclusivo de su hijo, pero la madre nunca pagó las cuotas y además volvió a transgredir el régimen de visitas al llevar tarde al niño a Tribunales para que no lo pudiera ver”, hecho que el hombre denunció a la Justicia.
“El fallo es inédito, ejemplar y sienta un precedente en la Justicia, ante la actitud de una madre que en forma consecutiva venía impidiendo y obstaculizando el contacto de su hijo con el padre, afirmó el abogado.
“La medida judicial tiene vigencia a partir del sueldo que cobrará la mujer en febrero”, mientras que queda pendiente de resolución “una segunda planilla por incumplimientos posteriores, por una suma de $3.250 pesos” por lo que la sanción, indicó, “superaría los $10.000”.
El abogado comentó que su defendido “está muy angustiado por la situación de su hijo”, al que “solo puede ver dos veces por semana, durante una hora” cuando va a Tribunales, “pero los encuentros están plagados de irregularidades e impedimentos”.
Según el letrado, la mujer dijo en Tribunales que no quería que el nene vea al padre “porque sino se va a encariñar con él”, un argumento que no tuvo ningún sustento.
http://www.eltribuno.info/salta/254505-Inedito-embargo-a-una-madre-que-impedia-a-su-hijo-ver-al-padre.note.aspx
Recibido en: info@custodiapaterna.og

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