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jueves, 19 de julio de 2012

“El juez Serrano irá hasta Estrasburgo para defender su inocencia”

Jueves, 19 de Julio, 2012
FERNÁNDEZ LÉRIDA, Amalia, (2012), “El juez Serrano irá hasta Estrasburgo para defender su inocencia”, ABC, Sevilla, 13/07/2012.
«Recurriré en amparo al Constitucional y, si es preciso, llegaré al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo para defender mi inocencia». Esta fue la primera reacción que tuvo ayer el juez de Familia Francisco Serrano tras conocer la sentencia del Tribunal Supremo que eleva a 8 años más la inhabilitación de 2 que le impuso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por cambiar el régimen de visitas de un niño para que pudiera salir en una cofradía de la Madrugada sevillana.
La sentencia de la sala de lo Penal del Tribunal Supremo condena al acusado como autor responsable de un delito de prevaricación del artículo 445.3 del Código Penal sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de multa de doce meses con una cuota diaria de 6 euros (son 2.160 euros), con la responsabilidad subsidiaria del artículo 53 del citado cuerpo legal y a diez años de inhabilitación especial para el cargo de juez o magistrado «con pérdida definitiva del cargo que ostenta y honores que le son anejos, así como la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jursidicionales o de gobierno dentro del poder judicial».
En concreto, el Alto Tribunal condena a Serrano por un delito de prevaricación dolosa (con intención) y por eso eleva la pena que tenía de dos años impuesta por el TSJA por prevaricación culposa.
Francisco Serrano estaba ayer indignado porque además se enteró de la sentencia por los medios de comunicación «cuando mi procurador va todos los días a preguntar si ha salido el fallo». No encuentra palabras para «calificar esto que me está pasando porque ya el colmo de los colmos es que un fallo condenatorio del Supremo por prevaricación no puede tener voto particular y el mío no tiene uno, sino dos»
Abatido advirtió que va «a tirar de la manta» y destacó que en la sentencia hecha pública ayer por el Alto Tribunal no se dice nada del indulto que había solicitado al Consejo de Ministros para dejar reducida la pena a seis meses de inhabilitación «por lo que ahora, ya puesto, voy a pedir un indulto total».
Aunque recurra su condena a otras instancias, de momento, queda inhabilitado para ejercer de juez, por lo que se va a colegiar para dedicarse a la abogacía.«Tengo 47 años y tengo que trabajar. A mí me conoce mucha gente y ahora seguiré como abogado y escribiendo libros que hay muchas cosas que contar», dijo ayer a ABC_Francisco Serrano.
Su abogado, Miguel Ángel García Dieguez, confirmó que también tuvo constancia de la condena por la prensa y que, si bien queda la opción del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para ello tiene que haber vulneración de algún derecho fundamental y eso «es algo que no puedo saber hasta que no lea la sentencia».
Voto particular
Sobre el fallo hay que recalcar que los magistrados de la referida sala son Juan Saavedra Ruiz, Andrés Martínez Arrieta, Perfecto Andrés Ibáñez, Francisco Monterde Ferrer y Antonio del Moral García y que no fue aceptado por unanimidad puesto que los dos últimos han expresado su voto particular desarrollado en trece folios, donde, entre otras cosas, consideran que «no se da tal delito (prevaricación dolosa), que el motivo aceptado no debió haber prosperado y que el acusado debió haber sido absuelto de todos los cargos contra él formulados».
También señalan que «la decisión de Serrano se limitaba a robustecer la eficacia de las medidas acordadas por el juez de Violencia, a hacer efectiva una de las medidas que expresamente había acordado: que se respetase en ese punto el deseo de los menores».
Y ese fue el origen del ítem procesal del juez condenado: el deseo de un niño menor que quería salir de paje en una cofradía de la Madrugada sevillana, por lo que Serrano cambió el régimen de visitas de sus padres que estaban divorciados para que pudiera procesionar.
La madre del niño denunció a Serrano y, finalmente fue condenado por el TSJA el 13 de octubre de 2011, «como responsable en concepto de autor de un delito de prevaricación culposa, previsto y penado en el artículo 447 del Código Penal, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, a la pena de dos años de inhabilitación especial para empleo o cargo público», si bien se acordó acudir al Gobierno de la nación en solicitud de la concesión de indulto parcial para dejar reducida la duración de la pena impuesta a seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público porque se reconoce que la pena es excesiva o desproporcionada. Antes de acabar el asunto en esta instancia y estando ya procesado Serrano, la Audiencia Provincial de Sevilla le daba la razón en un auto que decía que su actuación «no puede ser cuestionada» porque en el caso «concurrían razones de urgencia y necesidad». Después del fallo del TSJA, las partes volvieron a recurrir en casación ante el Supremo que ahora ha elevado la pena y expulsado al juez de Familia.».
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