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sábado, 30 de julio de 2011

Alicante fuerza una sentencia pionera del Tribunal Supremo sobre custodia compartida de los hijos

- El Alto tribunal ha anulado por dos veces sendas resoluciones sin motivar de la Audiencia de Alicante, partidaria de que los tres niños de una pareja quedaran a cargo de la madre
- La abogada Mayte Moral, del bufete Cuatrecasas Gonçalvez Pereira, ha defendido los intereses de un funcionario europeo de la OAMI, que podrá compartir la custodia de sus tres hijos pequeños
- La resolución, notificada días atrás, supera la jurisprudencia contradictoria de varias as Audiencias Provinciales en conflictos similares
29 de Julio, 2011
El conflicto de una pareja residente en Alicante por la custodia de sus tres hijos ha obligado al Tribunal Supremo a una “tramitación preferente” para anular sendas sentencias de la Audiencia Provincial de Alicante sobre el asunto. La resolución del Alto tribunal, notificada días atrás, se pronuncia por la custodia compartida de los tres niños de la pareja, que deberán vivir una semana con cada progenitor, según el texto judicial.
La sentencia del Supremo se impone a la jurisprudencia contradictoria de varias Audiencias Provinciales en conflictos similares. Los abogados consultados sobre el asunto califican la sentencia de “pionera” y “excepcional”.
La Sala Civil del Alto Tribunal, en un fallo del que ha sido ponente la magistrada Encarnación Roca, se pronuncia a favor de las tesis del padre, lo que supera la tendencia generalizada de los órganos jurisdiccionales en España, inclinada en la inmensa mayoría de los casos a favor de que la custodia quedara a cargo de la madre.
En este contencioso concreto, la determinación e idoneidad del padre para cuidar a sus hijos y el asesoramiento legal de la abogada Mayte Moral, del bufete Cuatrecasas, Gonçalves Pereira, en Alicante, han demostrado al Supremo que los niños crecerán en un medio apropiado viviendo una semana con la madre y otra con el padre. El texto legal decide, además, el tiempo compartido en que los niños residirán con cada uno de sus padres durante las vacaciones.
El Ministerio fiscal también consideró beneficioso para el interés de los niños menores de edad la adopción de la medida de guarda y custodia compartida.
El Supremo ha anulado dos sentencias de la Audiencia Provincial de Alicante en este litigio, después de que la Sección Sexta alicantina insistiera, sin motivación, en que la guarda y custodia fuera exclusiva para la mujer.
Funcionarios de la OAMILa pareja, integrada por un hombre y una mujer que prestaban sus servicios como funcionarios europeos en la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), la euroagencia de Alicante, mantuvo una relación sentimental, de la que nacieron tres niños. Al quebrarse la convivencia, emprendieron un litigio legal por la custodia de los pequeños, que se inició en el Juzgado de Primera Instancia 10 de Alicante, en 2005.
Posteriormente, ella se trasladó a Bruselas con los pequeños. El padre también pidió el cambio en su trabajo y se instaló en Bélgica, en una casa cercana a la de ella.
El Juzgado de Alicante fue el primero en fallar sobre el contencioso en noviembre de 2005. La sentencia recogió “las siguientes medidas en beneficio de los hijos menores”. Los tres pequeños, una niña y dos niños, quedan sometidos a la patria potestad de ambos progenitores y bajo la guardia y custodia compartida de ambos, alternándose los tiempos de estancia con cada uno por periodos semanales. La entrega de uno al otro debía efectuarse los domingos, a las 20 horas.
Recurrida la sentencia por la mujer, la Audiencia la revocó y declaró que los tres menores “quedarán bajo la guarda y custodia de la madre”.
El padre y la abogada que venía estudiando el asunto en el bufete Cuatrecasas, Gonçalves Pereira de Alicante mostraron su disconformidad con el órgano provincial. Apelaron al Supremo, que les dio la razón, y el fallo de Sección Sexta de la Audiencia quedó anulado.
Tras otras vicisitudes en la tramitación del pleito, el Supremo ha zanjado el asunto mediante una sentencia notificada días atrás. El Alto Tribunal ha concluido que la guardia y custodia de los niños será compartida entre los dos progenitores, con lo que el razonamiento que ha de prevalecer en beneficio de los niños es el planteado por el padre, su abogada y el de la primera juez que vio el caso en el Juzgado 10 de Alicante. Los niños vivirán una semana con el padre y la siguiente, con la madre.
http://www.elperiodic.com/alicante/noticias/131603_alicante-fuerza-sentencia-pionera-tribunal-supremo-sobre-custodia-compartida-hijos.html

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