Reunión de los lunes

Nos reunimos todos los lunes a las 20,30 horas en la C/Vinaroz nº31, entrada por C/Pradillo, MADRID ¡TE ESPERAMOS!

sábado, 31 de julio de 2010

La custodia será compartida si no hay acuerdo entre los padres Comunidad Valenciana

El Consell aprobó ayer el anteproyecto de esta Ley, que entrará en vigor este año
31 Julio 10 - Valencia - Ana G. Andrés


La norma da preferencia al acuerdo entre los padres. Si éste no se produce, los hijos convivirán con los dos.
Ha sido una exigencia repetida de manera insistente a lo largo de los últimos años por asociaciones de padres. Finalmente, en la Comunitat Valenciana la  Ley de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven, ya establece que, cuando se produzca una separación o divorcio, la custodia de los hijos será compartida de manera automática. Esto en el caso de que los padres no lleguen a un acuerdo entre ellos, puesto que la norma da prioridad a un pacto entre los progenitores.

Así lo anunció ayer el conseller de Gobernación, Serafín Castellano, quien presentó la norma junto a la portavoz del Consell, Paula Sánchez de León, tras participar en la reunión semanal del Gobierno.

La Ley entrará en la Les Corts para su aprobación durante el próximo periodo de sesiones, que empezará en septiembre.

En cuanto a la reglamentación de la vivienda familiar y del ajuar doméstico, la Ley establece que, cuando exista régimen de custodia compartida prevalezca el interés del menor en la asignación de la vivienda y se atiendan los intereses del cónyuge que más dificultades tenga para encontrar una nueva vivienda.

Si por el contrario se atribuye a uno de los progenitores la convivencia con los hijos, se le atribuirá también el de la vivienda familiar. La norma recoge, con carácter excepcional, la exclusión o prohibición del régimen de convivencia en casos de violencia de género o doméstica cuando una resolución judicial estime indicios racionales de su existencia.

Por otra parte, De León explicó el nuevo reparto de sus competencias en la Conselleria de Justicia, delegadas temporalmente a otros consellers mientras la portavoz se responsabiliza de dirigir la campaña electoral.

El vicepresidente primero y conseller de Industria, Vicente Rambla, se encargará de las Relaciones con el Estado y la UE. El vicepresidente segundo y conseller de Economía, Gerardo Camps, asumirá la responsabilidad de las Administraciones Públicas y Función Pública. La competencia en Justicia se traslada al conseller de Solidaridad y Ciudadanía, Rafael Blasco, mientras que el conseller de Gobernación, Serafín Castellano, se encargará de competencias sobre bandas de música y pilota valenciana.

Esto se debe, según explicó De León, a que Castellano se encarga del desarrollo estatutario y la defensa de las señas de identidad valencianas.
http://www.larazon.es/noticia/3414-la-custodia-sera-compartida-si-no-hay-acuerdo-entre-los-padres



viernes, 30 de julio de 2010

Detienen a una mujer por agredir a su novio e incumplir la orden de alejamiento

ELMUNDO.es Málaga jueves 29/07/2010
Agentes de la Jefatura de Policía de Barrio Distrito Carretera de Cádiz de la Policía Local de Málaga, en colaboración con efectivos del Grupo de Escoltas, Menores y Atención Ciudadana (G.E.M.A.C.) del propio cuerpo policial, han llevado a cabo la detención de una mujer de 27 años con iniciales M.B.M., natural y vecina de Málaga, como presunta autora de un delito de quebrantamiento de condena y malos tratos a su pareja, D.R.M., natural y vecino de Málaga de 26 años de edad, que también fue detenido por quebrantamiento de condena.
Los hechos tuvieron lugar sobre las 00.00 horas de la madrugada del miércoles al jueves 29 de julio en un piso situado en la zona de Carretera de Cádiz, donde, al parecer, la mujer agredió al hombre causándole diversos arañazos y un hematoma en el rostro. Presuntamente, llegó a colocarle un cuchillo de cocina en el cuello y a amenazarlo de muerte.
Tras marcharse del domicilio, el hombre solicitó la presencia de la Policía Local de Málaga, acudiendo una dotación de dicho cuerpo policial al lugar, procediendo los agentes a su traslado a un centro sanitario para que fuese asistido de las lesiones que presentaba, tras lo que procedieron a desplazarlo a dependencias del G.E.M.A.C. para presentar la correspondiente denuncia.
Una vez allí, los agentes comprobaron que sobre ambos reseñados pesaba una orden judicial de alejamiento mutua, por lo que procedieron a la detención del individuo por quebrantar dicha orden.
Posteriormente, una dotación de la Policía Local de Málaga se desplazo hasta el domicilio de la mujer, procediendo a su detención y traslado a dependencias policiales, en este caso, además de cómo presunta autora de un delito de quebrantamiento de condena, también por presuntos malos tratos en el ámbito familiar.
A lo largo de la mañana ambos detenidos fueron puestos a disposición judicial.
La mujer no tenía antecedentes judiciales, si bien, al hombre le constaban varios detenciones previas, una por delito contra la seguridad del tráfico, otra por robo con fuerza y una tercera detención que se produjo tras una denuncia de su pareja por malos tratos, juicio en el que se dictaron las mencionadas ordenes de alejamiento entre ambos cónyuges, es decir, de el hacia ella y de ella hacia él.http://www.elmundo.es/elmundo/2010/07/29/andalucia_malaga/1280411679.html

Condenan a los dos miembros de una pareja en Jaén por maltratarse e injuriarse tras acabar su relación

Al romper, después de cinco año juntos, la mujer adeudaba al hombre dinero, lo que provocó entre ellos "ciertos enfrentamientos"
29.07.10
El juzgado de lo Penal número cuatro de Jaén ha condenado a un hombre y a una mujer que, tras romper su relación sentimental, se maltrataron, amenazaron e injuriaron.
La sentencia recoge que los acusados mantuvieron una relación sentimental durante cinco años, que concluyó a principios del año pasado. Al terminar la relación, la mujer adeudaba al hombre dinero, lo que provocó entre ellos "ciertos enfrentamientos".
El pasado mes de julio la acusada le remitió un correo electrónico con insultos como "niñato de mierda" lo que repitió el mes siguiente, cuando le mandó otro mensaje de correo electrónico con nuevos insultos y amenazas.
En este contexto llegó el mes de noviembre y volvieron a encontrarse cuando el procesado se dirigía en coche hacia un parque de Andújar, por lo que se enzarzaron en una discusión, en la que ante los insultos que él le profirió a ella, esta empezó a golpear el coche de él, causando desperfectos que han sido tasados en 225 euros.
Ante esto, el acusado cogió del cuello a su ex pareja, que se encontraba con su hermana menor de edad, que recibió a su vez un puñetazo en el estómago, si bien ninguna requirió asistencia sanitaria.
Por todo ello, el hombre, M.M.G., fue condenado por un delito de malos tratos en el ámbito familiar a la pena de nueve meses de prisión y por una falta de maltrato de obra al pago de una multa de 30 euros. A su vez, la mujer, S.G.G., fue considerada responsable de una falta de amenazas por la que se le impuso una multa de 30 euros; de una falta de injurias por la que le condenan a otra multa de 30 euros y una falta de daños, penada con otra multa de 30 euros.
En concepto de responsabilidad civil, el fallo del juzgado dictamina que la mujer abone una indemnización de 225 euros por los desperfectos causados en el vehículo.
http://www.diariosur.es/20100729/local/andalucia/condenan-pareja-jaen-maltratarse-201007291158.html

Custodia compartida (Gérard Poussin, Anne Lamy)

Posted: 29/07/2010 by José Luis in Consulta
Etiquetas: Custodia compartida, divorcio, menores, padres
El libro está bien organizado y no se empeña en decir lo buenísimo que es la custodia compartida en caso de separación. Establece las premisas básicas para que se pueda seguir este régimen de manera razonable y en qué casos se debe evitar. Siempre enfocado desde el punto psicológico del niño/s.
Te enseña a ver algunas cosas de otra manera. Un último deseo: espero que no necesites NUNCA leerlo (salvo que seas psicológo o especialista en la materia).
http://criticalibros.wordpress.com/2010/07/29/custodia-compartida-gerard-poussin-anne-lamy/

¿Qué tienen en común los toros, la custodia compartida y el niqab?

29 de Julio de 2010
En España, la derecha está ganando a los socialistas en asuntos en los que no debería ganar.
En una decisión que se ha hecho mundialmente famosa, el Parlamento de Cataluña ha aprobado ayer la prohibición de las corridas de toros en aquélla comunidad autónoma. Algunos – asociaciones de defensa de los animales – han logrado una importantísima victoria real. Otros – partidos nacionalistas catalanes – han logrado otra victoria simbólica: desterrar la fiesta española por excelencia de su territorio. Por último, la derecha está pletórica (más allá de la tristeza que quizá les produzca que no haya corridas en las ciudades catalanas): se vuelven a posicionar como los defensores de la unidad de España y sus tradiciones.
Los progresistas no han entendido bien la jugada, y se han debatido entre su espíritu protector de los animales, y la inconveniencia de entrar en el juego perverso de los nacionalistas catalanes y españoles. Entre unos y otros, los socialistas quedan en un lugar vacuo tanto en Cataluña como en España.
Lo mismo pasa con la propuesta conservadora de prohibir el burka y el niqab en espacios públicos, o promover la custodia compartida obligatoria en casos de separación o divorcio. Los progresistas se baten en la contradicción de defender los derechos de las mujeres a vestir como les de la gana, o a ser prioritarias en el cuidado de los hijos, con la contradictoria posición de evitar la mezcla de lo religioso y lo civil, y promover la igualdad de hombres y mujeres. Los conservadores, en ambos asuntos, parecen adelantar por la izquierda a los izquierdistas, cuando en realidad lo que defienden es, por un lado, la pureza de la tradición cristiana frente al Islam (por eso no proponen suprimir el velo de las monjas o mandar a la cárcel a la jerarquía de la Iglesia por no respetar la iguadad); por otro, favorecer la posición patriarcal que les es propia (porque saben que la custodia compartida favorece en principio a los hombres a pesar de aparentar ser igualitaria).
¿Cómo podrían resolver los progresistas su contradicción? Aplicándose en cada cosa a su tiempo:
- Toros, a favor de momento, hasta que quede depurada la contaminación nacionalista por ambos lados.
- Burka y niqab, a favor de momento, hasta que no se aborde la cuestión de los símbolos religiosos de manera integral, afectando también a otras religiones.
- Custodia compartida, en contra de momento, hasta que no se explique claramente que las mujeres son las grandes perjudicadas.
Toros, custodia compartida y niqab son símbolos muy poderosos en los que la derecha gana y la izquierda puede perder, porque su enmarcado, su explicación, es mucho más difícil para la segunda que para la primera.
http://www.luisarroyo.com/2010/07/29/%C2%BFque-tienen-en-comun-los-toros-la-custodia-compartida-y-el-niqab/?utm_source=rss&utm_medium=rss&utm_campaign=%25c2%25bfque-tienen-en-comun-los-toros-la-custodia-compartida-y-el-niqab

Ley de violencia de género. Sin Ir Más Lejos (VIDEO)


11 de enero de 2010
¿Es esta ley justa con el hombre? El tema del maltrato es motivo de discusión en Sin Ir Más Lejos. Con la participación del juez Francisco Serrano, juez de familia de Sevilla, María Sanahuja, magistrada de la Audiencia de Barcelona y Altamira Gonzalo, presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis.





http://www.youtube.com/watch?v=dx_vt1gJEnc

jueves, 29 de julio de 2010

El otro lado de las medidas contra la violencia de género (VIDEO)


Arona 11 de Junio de 2008
El otro lado de las medidas cautelares contra la violencia de género.
Lo que la verdad esconde
Los jueces especializados en esta materia se están dando cuenta de que, lo que son unas modificaciones legales para evitar la desgracia, que de verdad pasa a muchas mujeres en todo el país, se ha convertido en una cuestión de trampa, o eso es lo que señala el abogado especializado en el tema de malos tratos, Aurelio de la Vega.
Cualquier denuncia de malos tratos, sin prejuicio de que sea falsa o verdadera, conlleva automáticamente a la detención del acusado. Si es un viernes, queda detenido hasta el lunes. Luego se tiene que tramitar por medio de unas diligencias urgentes que determinan medidas cautelares penales para el denunciado, se impone una orden de alejamiento y entonces hay unas consecuencias civiles que benefician a la mujer. "Hay la típica cuestión de personas que se han aprovechado de la ley, y esta es la forma de cómo se benefician". Indica de la Vega.
En este sentido, dice que "se encuentran con un chollo de que cuando ponen una denuncia automáticamente le otorgan el uso y disfrute de la vivienda conyugal, guardia y custodia de los hijos, pensión alimentaria y otras medidas civiles que la ley orgánica reciente aprobó y ha introducido en este proceso rápido penal". Además añade que todo por evitarse buscar un abogado de oficio y que el proceso de divorcio le tarde cuatro o cinco meses.
Desde su punto de vista como jurista, a Aurelio de la Vega le parece que la modificación en el Código Penal reciente en relación a este tipo de delitos "es inconstitucional".



http://www.youtube.com/watch?gl=ES&hl=es&v=9D_ThAzSz1E&NR=1

Apuñala en la espalda a su pareja en Pumarín

29.07.10 - M. MORO / I. VILLAR GIJÓN
El herido se desplomó tras pedir ayuda en un restaurante.
La presunta agresora, de 21 años, tuvo que ser trasladada a Cabueñes con crisis de ansiedad e intoxicación por ingesta de medicamentos
Airina G. R. es atendida por los sanitarios tras el suceso. :: ALEX PIÑA
Una joven de 21 años, Airina G. R., apuñaló ayer en la espalda a su pareja sentimental, Simón D. G., de 24, en el domicilio que ambos comparten en el número 35 de la calle del Siglo XX, en el barrio de Pumarín.
Los hechos, rodeados de bastante confusión a falta de que trasciendan datos de la investigación policial, tuvieron lugar en torno a las seis de la tarde. A esa hora el herido bajó a la casa de su vecina del primero para pedir ayuda. Sangraba de forma abundante por la espalda y sorprendentemente iba acompañado de su presunta agresora. El joven y su novia relataron a la vecina que él había sido apuñalado por una tercera persona en el portal y le imploraron que avisara a una ambulancia.
Posteriormente, la pareja se dirigió a un bar de la calle de Ribagorza, a pocos metros de su domicilio, donde volvieron a solicitar auxilio. Ambos contaron a la camarera que la cuchillada en la zona lumbar del chico se la habían dado fuera del domicilio.
Posteriormente, una vez fuera del establecimiento hostelero, el joven se desplomó y quedó tendido en la acera con la ropa empapada de sangre, mientras su compañera era presa de los nervios. Todo ello en medio de una gran expectación vecinal.
Pocos minutos después llegaron a la zona varios vehículos del Cuerpo Nacional de Policía y una UVI móvil. Esta última estabilizó al herido y lo trasladó al Hospital de Cabueñes. Los agentes interrogaron entonces a Airina G. R. y comprobaron que la joven incurría en continuas contradicciones además de evidenciar una conducta fuera de lo normal. Testigos también relataron a las fuerzas de seguridad que la pareja fue vista discutiendo en el trayecto entre su portal y el restaurante a cuya puerta el apuñalado se desvaneció. Al parecer, él le había recriminado a ella que «estaba loca» y que se «había tomado muchas pastillas».
Finalmente, la presunta agresora también fue trasladada en otra ambulancia al mismo centro hospitalario que su pareja con un cuadro de crisis de ansiedad e intoxicación por ingesta de medicamentos.
Agentes de la Policía Científica de la Comisaría de Gijón examinaron el interior del domicilio y el vehículo de la pareja protagonista del suceso para buscar indicios de un posible delito de violencia de género. En concreto, los esfuerzos se centraron en localizar el cuchillo con el que supuestamente la joven hirió en la espalda a Simón D. G. La víctima continúa ingresada en Cabueñes y, al parecer, no se teme por su vida.
http://www.elcomerciodigital.com/v/20100729/gijon/apunala-espalda-pareja-pumarin-20100729.html

Juzgada por extorsionar y maltratar a su ex marido

Javier Álvarez Deca, autor del libro
REDACCIÓN , 28 de Julio de 2010

A CORUÑA Una mujer se sentará en el banquillo de los acusados por presuntamente extorsionar y maltratar psíquicamente a su ex marido. El hombre también será juzgado porque está acusado de cometer un delito de maltrato familiar y otro de lesiones; y una falta de lesiones.
"De las diligencias practicadas resulta evidente su participación en los hechos investigados", subraya refiriéndose a la mujer la magistrada del Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña en el auto que emitió tras investigar los hechos. La sospechosa, según se desprende del informe que realizó la juez, sobornaba a su marido pidiéndole dinero.
El hombre, que está asistido por el letrado Víctor Espinosa, también fue víctima de malos tratos psíquicos, según el auto de la magistrada. El ex marido de la imputada también está acusado de agredir a su antigua pareja.
http://www.laopinioncoruna.es/coruna/2010/07/28/juzgada-extorsionar-maltratar-ex-marido/405907.html

CGPJ alerta del aumento de víctimas de violencia de género que retiran las denuncias

MADRID, 27 Jul. (EUROPA PRESS) -
La presidenta del Observatorio de la Violencia Doméstica y de Género adscrito al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Inmaculada Montalbán, alerta de que cada vez son más las víctimas de violencia machista que una vez han presentado denuncia, desisten de seguir con el proceso, algo que a su juicio es "preocupante".
"Los malos tratos son muy peligrosos y encontramos, lamentablemente, algunos supuestos donde las mujeres han renunciado, han perdonado y finalmente, han perdido la vida a manos del marido, y por eso, yo haría un llamamiento para que las mujeres actúen, confíen en que el sistema se va activar y las va a proteger", ha declarado Montalbán a los medios en el marco de los cursos de verano de la Universidad Complutense en San Lorenzo de El Escorial (Madrid).
Según ha explicado, el Observatorio "viene comprobando que se mantiene el aumento de las renuncias en las mujeres en los procesos de violencia de género", por lo que, en su opinión, es necesario "fortalecer a la mujer cuando acude a las comisarías, dándole información sobre lo que se pone en marcha y empoderándolas".
Preguntada por la situación particular de las mujeres inmigrantes, Montalbán ha reiterado que se enfrentan a "una doble vulnerabilidad porque aparte de la dependencia emocional o psicológica con la pareja concurren otros factores como la ausencia de redes familiares, redes de apoyo, también, dificultades con el idioma y a veces que no tienen los permisos para residir en España" lo que "impide que den el paso" y denuncien.
Sobre este asunto, ha señalado que las medidas puestas en marcha para el colectivo consisten "fundamentalmente" en facilitar información en su idioma y activar los recursos asistenciales para que tengan un seguimiento y un apoyo. "Pero aún así, constatamos que es muy difícil penetrar en esa sombra, en esa bolsa de violencia de mujeres inmigrantes que no se atreven a comunicar su situación a las instituciones", ha apostillado.
Por último, en relación al estudio del CGPJ publicado esta semana sobre la actividad de los jueces, Montalbán ha incidido en que los magistrados "que más valoración tienen de su destino son los de violencia sobre la mujer", que conforme ha revelado la encuesta "están muy satisfechos con su destino".
http://www.europapress.es/nacional/noticia-cgpj-alerta-aumento-victimas-violencia-genero-retiran-denuncias-20100727113839.html

CARA A CARA CON BIBIANA AIDO EN JAÉN

Jueves, 29 de Julio de 2010
El lunes día 20 de julio Bibiana Aido, Ministra de Igual-Da como bien sabéis los asiduos, muchos amigos y pocos enemigos, a mi blog, acudió al Ayuntamiento de Jaén para firmar un convenio. Mi marido y yo nos desplazamos hasta allí y la esperamos durante un rato con unas camisetas azules que por delante llevan escrito en letras blancas "LIBERTAD PARA MAG" y por detrás "BASTA DE DENUNCIAS FALSAS".
Intenté acercarne a la Ministra en cuanto observé que bajaba de su negro coche oficial, mientras Carmen Peñalver, Alcaldesa de Jaén y varias concejalas la esperaban en la puerta del Ayuntamiento, al querer acercarme a ella los escoltas que la acompañaban y que ya nos habian visto con las camisetas se interpusieron delante de mi impidiendome el paso hacia ella, como no habia más solución que levantar la voz para que ella me oyese asi lo hice y grité: "Quiero hablar con la Ministra". Entonces ella, que no habia visto nuestras camisetas y que aún no me habia reconocido (porque sé que me conoce perfectamente) me oyó y pidió que me dejaran acercarme. Se apartaron los de seguridad y entonces le entregué un sobre con documentación de mi hijo incluyendo el recurso que se presentó ante la Audiencia Provincial, donde queda de manifiesto con todo lujo de argumentos la inocencia de mi hijo y los motivos espurios por los que fue denunciado rastreramente por una perdedora vengativa a quien le salió mal la jugada de fugarse unos días a la playa con un amiguito que habia conocido por internet. Justo cuando Bibiana extendió su brazo para agarrar el sobre, me reconoció y le cambió la cara. Aunque lo cogió, y despues leyó tanto lo que poniá en mi camiseta como lo que ponía en una pancarta que mi marido sujetaba detrás. La famosa pancarta que la Concejala de Igualdad de Linares quiso censurarnos en noviembre durante la manifestación: ¡¡NO!! A LA VIOLENCIA DE GENERO ¡¡BASTA!! DE DENUNCIAS FALSAS. En ese momento en el que la Ministra estaba en estado de shock, fué cuando le dije con mucha educación: "Quiero entregarle este dossier y al mismo tiempo felicitarla por esta Ley de Violencia de Género que usted tanto está apoyando, y por la que gracias a ella mi hijo lleva ya más de un año en prisión siendo inocente al igual que otros muchos hombres en España. Muchas gracias" Con mi sobre entre las manos se alejó de nosotros sin hacer ninguna manifestación y con cara de pocos amigos.
Diario Jaén no plasmó en su edición del día siguiente este encuentro cara a cara Nieves vs. Bibiana, pero Diario Ideal, auque no nos nombraba especificamente, sí que relató algunos detalles: ....Tras ellos, un matrimonio sostenia una pancarta en señal de protesta por las denuncias falsas en violencia de género.
No sería la pimera protesta con la que "tropezaría" la Ministra en las cuantas horas que estuvo en Jaén y le hizo frente. Auque los guardaespaldas trataron de que la mujer no se acercara a Aído, fue ésta quien pidió que dejaran hablar a la manifestante, que le entregó un sobre cerrado, en el que dijo estaba toda la documentación sobre el caso de su hijo "que lleva ya un año en la cárcel" y que cumple una condena de cuatro años tras sentencia firme por malos tratos habituales y amenazas. Hasta aquí el comentario sobre nosotros de la periodista Lorena Cádiz de Ideal de Jaén.
Nieves Moreno Gallardo
http://nievesmoreno.blogia.com/2010/072401-cara-a-cara-con-bibiana-aido-en-jaen.php

EL PP PLANTEA ENDURECER LA LEGISLACION PENAL PARA INCREMENTAR EL NUMERO DE CONDENAS DE HOMBRES PRESUNTAMENTE MALTRATADORES

PROPONE MODIFICAR UN ARTÍCULO DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL PARA PRECONSTITUIR PRUEBAS EN CALIENTE Y SUPLIR ARTIFICALMENTE A LA OFENDIDA CUANDO LAS MUJERES SE NIEGUEN A DECLARAR EN LOS TRIBUNALES DE SEGUNDA INSTANCIA CONTRA SUS EX MARIDOS
Jueves, 29 de Julio de 2010
Como diría el diputado Federico Trillo Figueroa, en los países civilizados, donde los conflictos entre partes se rigen por las normas del Derecho, la vista oral es el acto supremo, único y hasta majestuoso en el que se imparte la Justicia. Por eso el plenario se reviste de toda la solemnidad posible y jueces, magistrados, ministerio público, acusación particular si la hubiere y letrados de la acusación y de la defensa ocupan un lugar privilegiado, en una especie de estado, que les aleja y les coloca por encima de los simples mortales. Los debates están dirigidos al esclarecimiento de la verdad, y se rigen por los principios de publicidad, contradicción e igualdad de armas, bajo pena de nulidad y las declaraciones y las piezas de convicción que se colocan en la sala sólo tienen valor indiciario, nunca probatorio. A efectos de elaborar la sentencia sólo es válido, por tanto, los hechos que hayan quedado demostrados en la sala, sirviendo de muy poco las declaraciones y testimonios efectuados ante la Guardia Civil o policía Nacional, que tiene el efecto de meras denuncias y que pueden ser cambiadas o alteradas en el plenario, ya que una cosa es lo que se dice en caliente, con los nervios a flor de piel, en el momento de acudir a la policía y otra cuando los ánimos se han serenado, se ha podido reflexionar, y se sitúan los hechos en su contexto. Este exordio viene a cuento de la propuesta del PP en la subcomisión de Violencia de Género en el sentido de modificar la Ley de Enjuiciamiento Criminal a los efectos de que la primera declaración de una víctima ante el Juzgado de Violencia de Género tenga el valor de prueba irrefutable, de modo que aunque se niegue a declarar en contra de su marido o ex marido en el juicio, el testimonio sea suficiente para condenarle. De esta manera, las feminoides del partido de la calle Génova, pretenden poner fin a una practica común que ocurre en los tribunales penales de toda España: gran parte de las sentencias condenatorias procedentes de los tribunales excepcionales y arbitrarios de Violencia, auténticas máquinas de triturar hombres, acaban en absoluciones al ser revisadas al negarse la mujer a declarar en contra de su pareja con tal de salvar su matrimonio de la Ley de Violencia de Género.Para ello pretenden que el Gobierno proponga al Congreso la reforma del artículo 777.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que permite, la practica de una prueba (declaración ante el juez) cuando «fuere de temer razonablemente que esta no se pudiera practicar en el juicio oral o pudiere motivar su suspensión de éste». Este artículo figura en la LEC, por lo que a mi me consta, para ser usado con carácter excepcional. Por ejemplo, en el caso de que el ofendido en una causa penal residiere en otro país o padeciere cáncer terminal y no fuera posible que sobreviviera para asistir a la vista oral. Con el sano propósito de que el crimen no quede impune la Ley permite la celebración de una vistilla, a la que son convocadas el Fiscal y los abogados de las partes, donde se procede a tomar declaración al denunciante, que se guarda en soporte de video y se emplea a posteriori en el plenario como prueba de convicción realizada con todas las garantías. Tratar de extrapolar este artículo y utilizarlo, como pretende el PP, para que las más de 200.000 mujeres que denuncian anualmente malos tratos no puedan cambiar su testimonio o negarse a declarar es utilizar procedimientos excepcionales para asuntos de naturaleza ordinaria, va en contra del principio de economía procesal, e intenta imponer por medio de una argucia procesal a los tribunales de Violencia de Género como única instancia judicial, inapelable e irrecurrible.Porque, tal y como se plantea el asunto, presupone, un intento claro y evidente, de sustraer a los tribunales superiores su función jurisdiccional, y sustituirla por pruebas preconstituidas ─y que incluso pudieran ser amañadas─, con lo que a los jueces y magistrados de los tribunales penales y a las Audiencias Provinciales se le hurta la posibilidad de formarse su propio criterio sólo con lo visto y oído en la sala.Presupone, además, considerar a la mujer presuntamente maltratada como una menor de edad, como una especie de retrasada mental, dúctil y maleable, sin criterio propio, capaz de declarar ante los tribunales según su conveniencia e intereses. Y, en contra de la doctrina del Supremo y el Constitucional, trata de dar más valor probatorio a una declaración producida en caliente, bajo un estado de excitación y nerviosismo, por una mujer ofuscada por una pelea reciente con su marido, que a la reflexión serena, pausada y objetiva que nuestros tribunales de Justicia precisan para poder dictar sentencia clara y motivada.
INTENTAN DE ESTA MANERA PALIAR EL ROTUNDO FRACASO QUE HA SUPUESTO LA LEY DE VIOLENCIA DE GENERO, QUE HA PERMITIDO DETENER A UN MILLON DE HOMBRES EN CINCO AÑOS SIN QUE SE REDUZCAN LAS MUERTES DE MUJERES
Intentar, además, que el 777.2 de la LEC, se estandarice en los juicios de Violencia de Género y no al resto de los procedimientos penales constituye por otra parte un agravio comparativo para otros querellantes con iguales derechos, una violación del principio de igualdad ante la Ley, de la tutela judicial efectiva y del derecho a un juicio justo ante un tribunal que reúna todas las garantías exigibles en Derecho. Por tanto, la petición del PP de endurecer las leyes penales, como si en España las mujeres estuvieran en estado de sitio, es la constatación clara de que la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género ─ pese a constituir la norma más dura, discriminatoria e injusta de todo el ordenamiento jurídico español de todos los tiempos─ es inútil y no acaba con las muertes de las mujeres a manos de sus maridos o compañeros sentimentales (ni viceversa). Entre otras cosas, porque una Ley que atenta de plano contra el derecho natural de todo ser humano a vivir en pareja, a buscar la mayor felicidad posible y permite al Estado y a los tribunales de Justicia, que deberían ser la última garantía del estado de Derecho, inmiscuirse al menor percance en el sagrado ámbito del hogar y condenar sin pruebas suficientes a una de las partes, haya estado o no en falta, es la mayor aberración jurídica que pudiera ocurrírsele al ser humano.La implantación de esta Ley, que ni a Benito Mussolini ni a Francisco Franco ni a Adolfo Hitler se le hubiera ocurrido, trajo consigo la creación de los Juzgados de Violencia de Género, que se parecen tanto a la Justicia como la música militar a la música. Constituidos por órganos unipersonales, regentados en su mayoría por feministas recalcitrantes, implantaron el sistema de «juicios rápidos» como panacea universal para acabar con la violencia en el seno de la familia.Tras una llamada telefónica de una mujer que decía sentirse maltratada por su marido, apenas unos minutos después éste era detenido, conducido a los calabozos de cualquier inmunda comisaría, y sin más pruebas que las declaraciones de las partes, el certificado de antecedentes del hombre del Registro de Violencia de Género y los correspondientes partes de lesiones, si los hubiere, decenas de miles de hombres eran condenados a penas de cárcel, destierro, pérdida de vivienda, enseres personales, y obligado a seguir pagando de por vida la hipoteca de la casa y la parte correspondiente a la manutención y educación de los hijos.Al comienzo de su funcionamiento, estos tribunales inquisitoriales, con funciones civiles y penales, se limitaban a tratar a los hombres detenidos como si fueran perros rabiosos, como fieras salvajes, a los que había que anestesiar, triturar y expulsar de la sociedad. Sacados cinco minutos antes del juicio oral de los calabozos, tras pasar una noche en vela sin poder ducharse ni afeitarse, sin quitarles siquiera las esposas ni ser escuchados, se les incitaba a firmar una «sentencia de conformidad», lo que presuponía declarase culpable aunque fuera inocente. Para ello, el fiscal y a veces hasta su abogado de oficio, le ponían ante las narices el caramelo envenenado de una rebaja de condena (que nunca se cumplía pero que constaba en su expediente a efectos penales), a cambio de admitir que era un agresor y echar por la borda toda su vida anterior y empezar desde cero, como si acabara de salir del útero materno.Pasada esta primera etapa y una vez que la mayoría de los hombres, advertidos de sus derechos, empezaron a no dejarse arrastrar como mansos corderos al matadero por la maquinaria judicial sectaria, las cosas empezaron a cambiar, aunque muy poco. En lugar de firmar «sentencias de conformidad» para librarse de la humillación y del atentado contra su dignidad que suponía verse esposado en unos minutos delante de sus hijos y sus vecinos, empezaron a no admitir la culpabilidad y a recurrir las sentencias ante los tribunales superiores de toda España. Con ello, la estrategia del feminismo se vino abajo. Y fue entonces cuando quedó patente el cúmulo de arbitrariedades e injusticias a la que la mayoría de los hombres eran sometidos. Los tribunales penales habilitados como órganos de segunda instancia, tras escuchar a las dos partes y analizar las pruebas, empezaron a anular masivamente las sentencias de los tribunales de Violencia. Y eso en el caso de que llegara a celebrarse el plenario. Porque ante la posibilidad de destruir para siempre a su marido o ex marido, muchas mujeres, especialmente las sudamericanas, empezaron a negarse a declarar por sistema, convirtiendo en inútil la Ley de Violencia, al tener que suspenderse el juicio oral. De ahí la insólita propuesta del PP de preconstituir pruebas para obligar por las bravas a las mujeres a vulnerar sus principios, los dictados de su conciencia, a mentir descaradamente si hiciera falta, y a declarar ─ sí o sí ─ en contra de sus ex maridos. De ahí la maniquea reforma que plantea ahora el Grupo Parlamentario Popular, obsesionado en someter a las mujeres a la dictadura, a la intolerancia y a la opresión del feminismo militante ─el peor de los absolutismos posibles─, del que son prisioneros ellos mismos; de ese feminismo que busca la destrucción del varón, el cambio de roles en la sociedad y la igualdad de la mujer encarcelando o quitando de en medio a sus maridos. TRAS ESTA MEDIDA ARBITRARIA QUE SOLO SE EMPLEA EN CASOS EXCEPCIONALES, AL GOBIERNO Y AL PARLAMENTO YA SOLO LE QUEDA IMPLANTAR DE NUEVO LOS CAMPOS DE CONCENTRACIÓN QUE MUCHAS FEMINISTAS ACEPTARIAN DE BUEN GRADO Lo que le falta al partido de la calle Génova en estos momentos, para acabar de redondear el asunto, es pedir la creación de campos de concentración para hombres y encerrarlos a todos. Porque si en cinco años, después de haber detenido a un millón de hombres, de haber provocado la destrucción de 500.000 familias y dictado 150.000 órdenes de alejamiento; si tras ese cúmulo de horrores y escarnios la Ley de Violencia de Género no funciona y las mujeres siguen muriendo por celos, por infidelidades, por rencillas, por enfermedades mentales y otros motivos que no se contemplan en la Ley (y los hombres también, aunque menos, a manos de sus mujeres); si la propuesta reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal tampoco va a conseguir nada; las pulseras de seguimiento electrónico, que las neutraliza un niño son inútiles, solo queda un medio punitivo: la vuelta a los campos de internamiento masivo y, si son de exterminio, mejor. Los métodos tradicionales de resolver los conflictos familiares que tan buenos resultados daban, la intervención del mediador social, las terapias de grupo dirigidas por psicólogos y psiquiatras, la ayuda de parientes y amigos, y la educación en valores para la convivencia desde la infancia, apenas parecen importarles a nuestros políticos, empeñados en echar más leña al fuego sin tener en cuenta el viejo proverbio: la violencia genera violencia.
http://josediazherrera-josediaz.blogspot.com/2010/07/el-pp-plantea-endurecer-la-legislacion.html

miércoles, 28 de julio de 2010

CUSTODIA COMPARTIDA(Óscar Celador)

ÓSCAR CELADOR
Profesor de Derecho Eclesiástico del Estado y de Libertades Públicas
Miércoles, 28 de Julio de 2010
La custodia compartida de los hijos es una institución que viene siendo utilizada habitualmente por la mayoría de nuestros vecinos europeos para decidir la situación jurídica de los hijos de las parejas que se separan o divorcian, la cual se incorporó a nuestro ordenamiento jurídico en 2005 con ocasión de la reforma operada al Código Civil en el terreno del Derecho de Familia. La regulación socialista de 2005 en este terreno fue una auténtica chapuza jurídica, ya que, a diferencia de lo que ocurre en los países en los que la custodia compartida ha sido regulada, en nuestro caso esta sólo puede ordenarse cuando los padres así lo acuerden, y en el caso de no existir pacto en este sentido se otorgará excepcionalmente cuando el fiscal informe favorablemente, y en cualquier caso en interés del menor. Así las cosas, y aunque con cinco años de retraso, no debería sorprender a nadie que el Senado acabe de aprobar una propuesta a favor de que la custodia compartida sea considerada el régimen preferente en los casos de separación y divorcio.
Los jueces también han aportado su granito de arena a este agrio debate, tal y como se deduce del hecho de que en el 86% de las separaciones y los divorcios hayan concedido la custodia en exclusiva a las madres. Esto quiere decir que, bien la gran mayoría de los varones españoles no están capacitados para ejercer la custodia de sus hijos o compartirla con sus ex parejas, bien que lo mejor para un menor cuyos padres se separan o divorcian es pasar el menor tiempo posible con su padre, o bien que estamos ante un claro ejemplo de discriminación por razón de género.
La custodia compartida beneficia a todas las partes implicadas en los procesos judiciales de separación o de divorcio, ya que permite que la tragedia personal que los menores experimentan ante este tipo de situaciones se reduzca, alivia a las madres de la elevada carga que supone educar casi en solitario a sus hijos y permite a los padres ejercer sus responsabilidades de tales a tiempo completo. A nadie se le escapa que existen numerosos supuestos en los que los padres han demostrado su incapacidad para ejercer la custodia de sus hijos, y especialmente cuando han protagonizado casos de violencia de género o de índole similar, pero en los demás escenarios es inaceptable que la ruptura de una pareja tenga que suponer que se separe per se a uno de los cónyuges de sus hijos.
http://blogs.publico.es/delconsejoeditorial/636/custodia-compartida/

Gobierno de Aragón se prepara para entrada en vigor ley custodia compartida

Zaragoza, 23 jul (EFE).- Los departamentos de Servicios Sociales y Familia y Justicia e Interior del Gobierno de Aragón trabajan para afrontar la ley de custodia compartida, que entrará en vigor el próximo 8 de septiembre, y que podría aumentar el número de personas que acuden a los servicios de mediación familiar, que fueron casi 600 el pasado año.
La consejera de Servicios Sociales y Familia, Ana Fernández, ha señalado hoy que se están preparando, en coordinación con el de Justicia e Interior, para afrontar los casos que envíen los jueces al Servicio de Orientación y Mediación Familiar del Departamento, que dispone de oficinas en Huesca, Zaragoza, Teruel y Alcañiz.
Así lo ha explicado Fernández con motivo de la firma de un acuerdo con el rector de la Universidad de Zaragoza, Manuel López, para impulsar la formación de profesionales en intervención familiar, que cubre muchos aspectos, entre ellos la mediación entre las familias para resolver los conflictos de pareja.
Según la consejera, con la ley de custodia compartida los recursos que tiene en estos momentos el Departamento se podrían ampliar en función del número de parejas que deseen ir a la mediación, un servicio que hasta ahora sólo se utilizaba de manera voluntaria, antes de acudir al juzgado.
A partir de septiembre, a estas casi 600 personas que utilizaron la mediación en 2009, una cifra que está creciendo un poco este año, se añadirían las que se deriven desde los juzgados para intentar conseguir un acuerdo.
"Estamos a la expectativa porque tampoco sabemos si va a haber muchas parejas que tengan interés en ir a la mediación, aunque entiendo que con una ley nueva sí habrá más casos", ha agregado.
Respecto al convenio firmado hoy con la Universidad de Zaragoza, ha explicado Fernández, se enmarca en un amplio acuerdo entre el Departamento y la institución académica y contempla, en particular, la realización de la segunda edición de un máster en intervención familiar sistémica (2010-2011).
En este máster pionero en Aragón, al igual que en el anterior de 2008 a 2009, se formarán 30 profesionales de servicios sociales, con el objetivo de aumentar la calidad de la intervención, uno de los retos que tiene marcado la Consejería.
Servicios Sociales y Familia aportará 36.000 euros para estos estudios sobre intervención familiar sistémica, en los que se enseña durante 600 horas a los estudiantes cómo actuar con la persona dentro de un ámbito global, teniendo en cuenta aspectos como conflictos con los hijos, entre el matrimonio o con su entorno, además de las dificultades económicas, sociales o psicosociales.
El rector ha destacado la importancia de la intervención familiar en el mundo actual y ha señalado que con el convenio, además del máster, se facilitarán medidas de investigación o de elaboración de informes y se ofrecerá asesoramiento.
Sobre los presupuestos del Departamento para 2011, la consejera ha explicado que ni siquiera hay un borrador y ha reconocido que la situación económica es difícil, complicada y la Comunidad tiene menos ingresos, al tiempo que ha señalado que "si hay un recorte presupuestario muy amplio quizá todos tengamos que poner parte de nuestros programas". EFE
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=463678

Buscan apoyo a la custodia compartida con mociones en los principales ayuntamientos

La asociación por la Protección Integral de la Familia se ha reunido ya con partidos en Rota y Cádiz
A.R. / Cádiz 27.07.2010
La Asociación por la Protección Integral de la Familia en la provincia (APIF-Cádiz) tiene la intención de llevar a los plenos municipales de los principales ayuntamientos gaditanos mociones de apoyo a que la custodia compartida sea por Ley preferente. Según explicó su portavoz José Antonio Caparrós es una iniciativa que la asociación está promoviendo a nivel nacional -algunos ayuntamientos ya la han aprobado- y que en Cádiz intentarán implicar a los consistorios más grandes, como Jerez, Cádiz, El Puerto, San Fernando o Rota. El objetivo es elevar estas votaciones a los distintos organismos como el Parlamento Andaluz, el Defensor del Pueblo, el Congreso de los Diputados o el Consejo del Poder Judicial.
Desde la organización anunciaron que el Ayuntamiento de Rota ya tiene previsto incluir una propuesta en la próxima sesión plenaria y en esta semana los representantes de la asociación se reunirían con los grupos políticos municipales para que la moción pudiera ser aprobada por unanimidad. Además, en Rota, según manifestó su representante en el municipio, Juan Jesús Helices, la propuesta irá avalada por alrededor de 2.500 firmas que han recogido. También han tenido ya contacto con el grupo popular en el Ayuntamiento de Cádiz.
La asociación Apif quiere hacer llegar "a las más altas instancias políticas y judiciales la verdadera realidad social que existe. Y como hombres y como padres que somos tenemos un derecho reconocido por la Constitución, y lo tienen nuestros hijos, a compartir el tiempo con ambos progenitores y en igualdad de condiciones entre ambos sexos".
http://www.diariodecadiz.es/article/provincia/755941/buscan/apoyo/la/custodia/compartida/con/mociones/los/principales/ayuntamientos.html

Laura Dekker, la niña navegante holandesa, podrá dar la vuelta al mundo en solitario

Partirá dentro de dos semanas, después de que los jueces levantaran la tutela que ostentaban los servicios de menores
ISABEL FERRER - La Haya - 27/07/2010
Laura Dekker, en diciembre de 2009, tras ser localizada después de fugarse para intentar dar la vuelta al mundo.- AP



Laura Dekker, la niña holandesa de 14 años que quiere ser la primera en dar la vuelta al mundo en solitario a su edad, partirá dentro de dos semanas. Su barco, Guppy, de ocho metros de eslora, está casi listo. Los jueces han dado por terminada la tutela que ejercían desde 2009 los servicios sociales, dejando el viaje en manos de sus padres. Ambos son navegantes aficionados y la apoyan. De todos modos, la madre, Babs Müller, había criticado "el peligroso sueño" de su hija. Divorciada de Dick Dekker, el progenitor, cambió de opinión cuando Laura quedó bajo supervisión de los servicios sociales. "La vigilan como si fuera una delincuente", dijo. Si la menor culmina el viaje antes del 17 de septiembre de 2012, batirá el récord establecido en mayo pasado, a los 16 años, por la australiana Jessica Watson.
El caso de Laura Dekker ganó notoriedad cuando desapareció poco antes de la Navidad de 2009 . Su padre, con el que vivía, dijo que ignoraba su paradero. Sí admitió que la menor estaba muy afectada por no haber podido circunnavegar la tierra a los 13 años, como deseaba. El 22 de diciembre fue encontrada en la isla de San Martín (Antillas holandesas). Había viajado sola, y a su regreso, quedó bajo la supervisión de la Oficina para el Bienestar de la Juventud. Aunque siguió viviendo con su padre, el Consejo de Protección de Menores también supervisó el caso. Mientras los jueces decidían su futuro, Laura ha hecho un curso intensivo de seguridad en el mar. También ha sido analizada por un equipo de psicólogos para saber si podría aguantar la soledad, falta de familiares y amigos, y los rigores de la travesía. Los asistentes sociales temían que un viaje tan largo afectara su estabilidad emocional y desarrollo intelectual. Entre las exigencias de las autoridades se contaba la mejora de resultados en los estudios. Este curso, ha sacado mejores notas y seguirá la secundaria a distancia cuando esté en alta mar.
El cambio de actitud de la madre ha sido notable. Primero aseguró que "temía perderla si se negaba a ayudarla, pero el viaje le parecía una temeridad". "Navega como la mejor, pero no creo que esté madura". Cuando el caso quedó en manos de las autoridades, tomó partido por su hija. "El plan de Laura es arriesgado, pero la actuación de las autoridades ha sido deplorable. Le han intervenido el teléfono y las conexiones de internet. Sólo parecen buscar cogerla en un renuncio", dijo, en una carta publicada en el rotativo "De Volkskrant". El respaldo del padre ha sido constante. No en vano la niña nació a bordo del barco que entonces compartía con la madre, frente a las costas de Nueva Zelanda. Aquel viaje duró siete años. El de Laura, al menos dos.
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Laura/Dekker/nina/navegante/holandesa/podra/dar/vuelta/mundo/solitario/elpepusoc/20100727elpepusoc_5/Tes

Divorcio: hombres en la ruina



http://www.facebook.com/pages/CUSTODIA-PATERNA/186263167814?ref=search&sid=100000012536984.3106520688..1

Navarra es competente para legislar la custodia compartida

- El Consejo de Navarra considera que la ley se ajustaría a la Constitución

- IU había presentado una proposición de ley que priorizaría este tipo de custodia

- Los partidos deberán valorar si aprueban esta ley foral o esperan a que el Estado lo regule
Varios menores, en una clase, atienden las explicaciones de su profesor. ARCHIVO
Miércoles, 28 de Julio de 2010
NATALIA AYARRA . PAMPLONA 
Navarra es competente para legislar sobre la custodia compartida. Ésta es la conclusión a la que llega el Consejo de Navarra, máximo órgano consultivo en materia jurídica de la Comunidad foral, tras analizar la proposición de ley que IU presentó en el Parlamento navarro para que también en la Comunidad foral esta fórmula sea la preferente por la que tengan que optar los jueces en el caso de separaciones y divorcios sin acuerdo.
El dictamen de este órgano consultivo no entra a pronunciarse sobre si la custodia compartida debe ser o no la fórmula preferente por la que se decanten los jueces. Tampoco se detiene a valorar si, como solicitó el PSN, "sería más ajustado y conveniente" que Navarra esperase antes de legislar sobre esta materia a que sea la propia Administración central quien dicte un marco regulador para todas las comunidades autónomas. "Nuestro pronunciamiento se limita exclusivamente al examen de la juricidad, en este caso de la constitucionalidad, de la proposición de ley" de IU, "porque cualquier otro tipo de juicio nos está vedado", recuerda el Consejo de Navarra en su informe.
De esta manera, la proposición de ley de IU sigue ahora su trámite parlamentario y su aprobación o no quedará en manos de la voluntad política de los grupos. "No es conveniente que cada autonomía pueda regular este asunto de forma independiente", advirtió en su día la portavoz de UPN. También los socialistas miran con recelo el hecho de que Navarra pueda convertirse en una isla de legislación propia dentro de las autonomías, teniendo en cuenta que el Gobierno central anunció una ley de mediación familiar en la que regulará también la custodia compartida. "El que Navarra tenga competencias no significa que haya que ejercerlas ahora mismo, habrá que estudiar bien la oportunidad de hacerlo", señalaron desde el PSN.
La proposición de ley que presentó IU, y cuyo contenido el Consejo de Navarra considera que se ajusta a lo establecido en la Constitución, "responde a una importante demanda social" y supone "un cambio del esquema tradicional" en los supuestos de ruptura de la convivencia entre padres y madres, según destacó la coalición de izquierdas.
La custodia compartida, añadía IU, "se fundamenta en la conjugación de dos derechos básicos. Por una parte, el de los hijos a mantener una relación equilibrada y continuada con ambos padres. Por otra, el derecho-deber de los padres de crianza y educación de los hijos en ejercicio de la responsabilidad familiar".

Ventaja para los hijos
Las "ventajas" de la custodia compartida son "evidentes" para IU: "Los hijos mantienen lazos de afectividad y una relación continuada con ambos padres, permite una mejor aceptación de la nueva situación familiar por parte de los hijos, ambos padres se implican de manera efectiva en todos los aspectos de la educación y desarrollo de sus hijos y se reduce la litigiosidad entre los padres", señala.
Por otra parte, con su proposición de ley IU quiere "promover la igualdad de ambos sexos en todos los sectores", de forma que "el desarrollo profesional de la mujer y el deseo de los hombres de una mayor implicación en el ámbito familiar" imponen, en opinión de IU, "un cambio en el esquema tradicional de atribuir la custodia en exclusiva a la madre". La custodia compartida, concluye IU, "favorece la distribución igualitaria de los roles sociales entre hombres y mujeres".
La opción de la custodia compartida ya es elegida por casi un 20% de las parejas que se divorcian o separan de mutuo acuerdo en Navarra. Aunque no hay datos oficiales, se estima que un centenar de parejas opta por esta vía cada año, que supone un reparto equitativo de la custodia, al 50% entre ambos progenitores. En 2009 hubo en Navarra 580 separaciones o divorcios de mutuo acuerdo, lo que supone que la custodia compartida se eligió en el 18% de los casos.
El debate sobre la preferencia de este tipo de custodia lo abrió Aragón, al aprobar en el mes de mayo una ley en este sentido. Fue una decisión pionera que ha suscitado el debate en otras comunidades, como Navarra, a raíz de la proposición de ley de IU.
Ahora el informe del Consejo de Navarra sobre esta ley ratifica que la Comunidad foral tiene competencia exclusiva en materia de Derecho Civil Foral y admite que el texto de IU "introduce modificaciones en el régimen de relaciones familiares que son novedad y se separan de los contenidos que tradicionalmente ha tenido el derecho navarro de familia". Pero ello, matiza, "no es obstáculo que limite las facultades de actualización y desarrollo que ostenta el Parlamento de Navarra".
Además, el informe establece que "las materias reguladas en la proposición de ley foral no están comprendidas en ninguna de las salvedades que, a favor de la competencia exclusiva del Estado, se contienen" en la legislación vigente. Añade el Consejo de Navarra que "tampoco se invade la competencia exclusiva del Estado sobre legislación procesal, sin perjuicio de las necesarias especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del derecho sustantivo de las Comunidades Autónomas".
http://www.diariodenavarra.es/20100728/navarra/navarra-es-competente-legislar-custodia-compartida.html?not=2010072801485996&idnot=2010072801485996&dia=20100728&seccion=navarra&seccion2=politica&chnl=10&ph=2

La adaptación de la Familia después de la obstrucción de vínculo con los Hijos

Miércoles, 28 de Julio de 2010
Autor :José M. Bouza
Durante este periodo de restitución vincular con los Hijos, se dan dos procesos: la adaptación del niño o adolescente a la vida que llevaba antes de la obstrucción de vinculo y los cambios que debe realizar la familia víctima de la obstrucción a los efectos de separar las angustias y rencores inherentes al impedimento vincular.
El menor obstruido tuvo que adaptarse a condiciones de vida impuestas por el Progenitor obstructor durante su impedimento, perdió la historia de ese transcurrir, con la familia obstruida y convivió con personas que aceptaban, alentaban y /o facilitaban la situación de negación de vinculo, con factible inculcación maliciosa en contra del Progenitor obstruido y la justificación de las actitudes asumidas con el objetivo de producir alejamiento.
A pesar de representar para quienes son obstruidos, un símil secuestro, los hijos nunca lo sentirán como tal, para ellos el estar con su Mamá o Papá conviviente, y realizar las actividades normales, excepto al vinculo con el otro Progenitor y familia, les resulta de habitualidad.
La familia no conviviente que fue afectada, tiene que reintegrar al niño a su vida cotidiana; familiarizarlo con los cambios ocurridos y ayudarlo a recuperar confianza y afectividad y al mismo tiempo brindarle seguridades de que no va a volver a ocurrir el alejamiento.Algo difícil de lograr sin la decisión terminante del Juzgado de no volver a permitirlo.
Es en esta instancia en donde debe aumentar el compromiso de los miembros en cuidar la integridad psicológica de los niños, en tanto que la familia se convierte en el único medio seguro y confiable, permitiéndole la comparación entre lo inculcado para destruir la imagen de este sector familiar y la realidad.
Si en el reencuentro el menor encuentra que lo escuchado por el obstructor es verídico, o parcialmente cierto, asumirá que ese lugar al que se reintegra parcial o totalmente, le significa una contrariedad y si esa Familia no asume sus errores, erróneamente inculpara al Guardador, devenido en obstructor, como un enemigo que prosigue sus acciones desvinculantes, cuando dichas acciones cesaron y el mantenimiento de la distancia afectiva es marcada por una falta de reacomodamiento en las relaciones familiares..
La Familia que sobrellevó la experiencia obstructiva, en su deseo de brindar al niño el mayor de los afectos y cuidados, establece una tendencia a generar una relación de sobreprotección, a tal punto que subordina la toma de decisión de parte del Progenitor afectado , asumiéndose los abuelos o Tíos como los comprometidos de llevar adelante las acciones de búsqueda o mantenimiento del vinculo, tanto Judicial como personalmente. Esta ayuda afecta la observación del niño, que necesita por parte del Progenitor no conviviente, asumir una figura de autoridad, que usualmente es deteriorada durante la etapa de alejamiento
Los menores obstruidos describen esta vivencia de pos obstrucción como un proceso cargado de presiones, en el cual, por ejemplo, tienen que guardar obediencia y alineación con el Progenitor que ha sido obstructor, con quien deben regresar después del Régimen de visitas y en donde no pueden dar muestra de su interés y alegría de reencontrarse con su Familia obstruida, en donde deben acostumbrarse al seguimiento por medio de llamadas telefónicas de control , excepcionalmente permitidas por parte del Juzgado, en las cuales sus diálogos son cortantes, mostrándose aburrido, malhumorado y a disgusto, y al cesar la comunicación volver al estado de buena comunicación, participación y alegría.

Autores: Susana Pedrosa, José María Bouza
1ª ed., 256 págs., abril 2008
ISBN: 978-987-9488-63-8
Editorial: García Alonso
Al volver al hogar del Progenitor conviviente, deben asumir un estado desganado y ocultar los momentos placenteros durante el cual compartieron con ese grupo familiar al cual durante cierto tiempo se le había negado y de esta forma evitar mayores presiones, respondiendo a las necesidades psicológicas del obstructor , que necesita sentir que el hijo fue por obligación y que regresa hastiado del reencuentro y con poca voluntad de reiterarlo.
El progenitor obstructor le da una enorme importancia que el hijo rechace al otro Padre y familia, y es tomado como una reivindicación a su actitud de impedimento de contacto, incorporándose la necesidad de reiterarlo bajo una posición de resguardo de la integridad psicofísica del niño expresada por esta personalidad taciturna y disconforme que observa, asumiendo la actitud del menor como una realidad y certeza de haber actuado correctamente en la negación, sin percibir que puede ser una defensa del niño ante las expectativas y presiones que recibe al regreso a la casa.
De esta forma quien fuera obstructor, razona que permite el vinculo en obligación a una actitud errada del Juzgado , en contra de la voluntad del niño y que por protección al mismo debe buscar las formas de cesar con este vinculo reestablecido y dañino.
Sin saberlo el menor con su autodefensa a las presiones, produce el inicio de su posible futura nueva obstrucción.
En general, a las familias que han sido obstruidas ilegalmente, no les cuesta trabajo apoyar a estos niños en este proceso de reinsertarse. En contraste, sí es más difícil la aceptación por parte del grupo familiar obstructor, en aspectos tales como la explicación a los allegados y a quienes le presentaron al otro como una persona peligrosa en donde su negación al vinculo estaba justificada y respaldada por la Justicia. Las relaciones entre los miembros, y la decisiones con respecto a la forma como van a seguir la vida después de la obstrucción y los mecanismo que seguirán utilizando si se ven expuestos a una resolución judicial de cumplimiento a la cual no puede seguir desoyendo, se transforma en un circuito de búsqueda de los mas ínfimos detalles de cuales asirse para presentar ante la Justicia para alcanzar la suspensión del Régimen de visitas.
La familia obstruida y el menor alejado, vivieron experiencias paralelas pero distintas, en el reencuentro descubren que es necesario conocerse de nuevo y recrear formas de vinculo que han sido dañadas, conservar los juguetes, libros, ropa , de la anterior etapa ayuda a los hijos a reinsertarse y ser ellos quienes decidan sobre sus artículos personales, encontrándose que les fueron respetados a pesar de su ausencia y que puede disponer de ellos, conservarlos , regalarlos o arrojarlos a la basura. Esto les da un sentido decisión, que los ayuda a reconocer los afectos que quedaron vigentes y no sujetos a decisiones ajenas.
La separación vivida durante el periodo de obstrucción durante meses ó años, interrumpe las relaciones que había entre ellos, pues cada uno realizó procesos diferentes y experimentó cambios de acuerdo con su vivencia. Para la Familia obstruida fue un “Secuestro” y así lo trasmite a sus allegados y ante la Justicia que no lo observa de esta manera y para los niños no es “Secuestro” y lo mejor es explicarles desde decisiones equivocadas asumidas por sus mayores en la cuales ellos quedaron en el medio y que son amados y se los extrañó, explicaciones legales son ajenas a ellos y los confunde.
La familia obstruida en el reencuentro con el niño, enfrenta la necesidad de rehacer la forma de comunicación entre ellos y delante del menor , que en la ausencia pasaba por comentar las acciones Judiciales, los intentos fallidos de Justicia, las angustias y decepciones, en donde los apelativos insultantes hacia el obstructor y el daño que ocasionaba, era rutina. En este marco referencial, se torna en urgencia aprender a convivir de nuevo y de establecer nuevas pautas de relación y comunicación, en donde se debe evitar los comentarios habituales de dolor, furia e impotencia , referidos a la ausencia, pues resultan nocivos para ese vinculo que debe reformularse sobre bases afectivas y de contención.
Este período inicial es como volverse a conocerse, a encontrar en nuevos espacios de madurez, pues el tiempo transcurrió, de buscar intercambios de experiencias, de crecimiento, y de muchos silencios necesarios de todo lo que paso durante el tiempo de obstrucción, pues el menor debe regresar al hogar del obstructor, en donde volverá usualmente a recibir toda la carga de resentimientos, en donde será interrogado sobre lo que hizo, a donde fue, que escucho, que le dijeron, y que para su tranquilidad deberá expresar “ no me sentí a gusto” y el Progenitor que debió liberarlo, sentirá el alivio aunque no sea verdad dichas declamaciones, y el obstructor en su razonamiento sentirá que sigue perpetuándose el alejamiento, que de físico mutó a una obstrucción afectiva, y de esta forma apreciara que cumple con el cese obstructivo y que el camino a lograr el Alejamiento, es a través de influenciar ese rechazo emocional, siendo una de las peores etapas a vivenciar por los niños y en donde mas desprotegidos jurídicamente se encuentran.
Este comenzar a rehacer el vinculo, puede generar conflictos; en algunos casos el menor obstruido no quiere volver a asumir el rol impuesto de rechazo, trasmite su agrado por las visitas y sus afectos hacia el otro grupo familiar, pero la familia obstructora teme que esto sea un indicio de perderlo y, por lo tanto, presiona firmemente para que produzca un rechazo, que entregue señales inequívocas de disconformidad con la revinculación, que a continuación de lugar a desarrollar una estrategia desvinculante, mediante la producción de denuncias judiciales, tendiente a que sea el tribunales quien produzca el alejamiento.
Los nuevos intentos de obstrucción suelen ser violentos, de provocación, mas judicializados y tendientes a no volver a coexistir con la experiencia de aceptar una resolución que obligue a respetar los vínculos de sus hijos con la familia no conviviente.
Es importante explorar la tensión reinante y la peligrosidad en la que se encuentra la Familia obstruida en el desarrollo de las visitas y que la autoridad Judicial supervise mas la actividad del que fuera obstructor, que la reinserción vincular con el progenitor obstruido y la familia extensa, que en un marco de no beligerancia se establecerá normalmente.
En donde se vea la dificultad de vinculo como una necesidad de limitar la vinculación se estará propiciando a la manipulación del obstructor y el volver a las etapas expulsivas , judicializando aún mas el conflicto familiar y depositando al niño en el centro de la contienda, sin medios para defenderse,
Otra parte fundamental de este proceso de reinserción vincular es la toma de decisiones por parte de los Juzgados. Si ante una actitud renuente a cumplir el Régimen de visitas, reiterativa en la obstrucción, desobediente a las resoluciones Judiciales, provocadora de enfrentamientos y de denuncias sin pruebas y no produce un cambio de Tenencia, es mantener el ambiente obstructivo intacto, la perpetuación de la violencia, en donde el germen obstructor continuaron mutando en búsqueda de nuevas modalidades obstructivas.
Los efectos de la obstrucción de vinculo en el sistema familiar y en la forma de vida de sus miembros, necesariamente plantean la necesidad de tomar providencias acerca de lo que se hará en el futuro, prever las contingencias derivadas a la orden compulsiva de cumplimiento y no asumida, ni aceptada por el Progenitor obstructor, que solo queda a la espera de nuevos intentos de ejecución de impedimento de contacto.
Es ilusorio pensar que luego de largos periodos obstructivos, denuncias Judiciales de por medio en búsqueda del alejamiento, y la negación obsesiva a permitir el vinculo, se pueda vehiculizar el respeto a una resolución Judicial de cumplimiento efectivo del Régimen de visitas. La actitud negacionista esta incorporada, y mientras se mantenga intacta la estructura expulsiva, es un llamado a mayores conflictos.
El menor debe ser resguardado de posibles nuevas experiencias obstructivas, cuando queda expuesto que el Guardador del niño, no cumple con el compromiso de respeto al derecho vincular,
Generalmente el niño o adolescente entra en la duda de permanecer alineado con el Progenitor que lo obstruye y la posibilidad de continuar el vinculo, viendo al otro Progenitor en condiciones de presión para que no asista a las visitas, lo que lo condiciona a evaluar al rechazo, en salvaguarda de su integridad, pues es escaso el tiempo de vinculo en relación con el que debe permanecer con el Progenitor obstructor.
Al niño le inspira una mayor sensación de seguridad el estar con el progenitor con el que comparte mas tiempo, en donde tiene la certeza que la mayor fuerza la tiene el obstructor , al cual le debe obediencia incluido en la aceptación de negar al otro.
Para el menor tomar la decisión de irse a vivir con el Progenitor con quien fue obstruido, implica un cambio grande y enfrentarse a una figura de autoridad , que lo condiciono durante largo tiempo y por esta razón es imprescindible por parte de la Justicia observar el “ interés superior del menor”, por encima de intereses o costumbrismo, que aleja a los menores inmersos en la obstrucción vincular de una real protección
Muchas veces la angustia de salir de un lugar que se ha vuelto inseguro y amenazante conduce a optar por no salir y quedar atrapado en los caprichos del obstructor, aunque sus verdaderos deseos este representado por salir de ese entorno alienante y disfrutar de una vida familiar como cualquier otro chico.
Es importante para la familia que recibe a los menores luego de una obstrucción de vinculo, se prepare para los cambios, con expectativas realistas sobre las dificultades a enfrentar para sostenerlo, si el Juzgado no produjo sanciones contundentes que desaliente nuevos incumplimiento al régimen de visitas o reiteración de obstrucción total.

Restitución internacional de menores, Aspectos Civiles y Penales
Autores: Quaini, Fabiana M., José María Bouza, , Carlos Romano, Liliana E. Rapallini, Andrés Zarate
Información sobre el contenido y autores del libro
Editorial Cathedra Juridica
Hay que tener en cuenta que el hecho de abandonar transitoriamente el lugar que los mantuvo obstruidos, no significa dejar la dependencia emocional por parte del obstructor y los sentimientos negativos que este generó en contra de ellos.
El hecho de recomenzar el Régimen de visitas no garantiza su continuidad, ni el cese de la angustia, el temor y la permanencia de la impunidad.
Los niños no pueden normalmente estimar lo que sucedió o sucede a su alrededor, de donde surgieron las controversias que los termino convirtiendo en el instrumento para dañar al otro Padre, probablemente carguen con sentimientos contradictorios, de sentirse culpables de las discusiones de sus mayores, si llegan a vislumbrar que fueron utilizados como un medio y lejos de ser un Fin, quedando transformados en un arma letal, que es esgrimida sin conciencia y destruida en la acción de herir al Progenitor obstruido.

.¿Se logro superar la obstrucción de vinculo?
Las familias consideran que han superado la obstrucción vincular cuando han podido cumplir en forma continuada y sin alteraciones los Regímenes de visitas y asimilarlo como una experiencia negativa más en la vida y que elaborado el hoy, se recordara con un sentir de tristeza y /o angustia el resto de sus días. Aún recuperada la sensación de seguridad jurídica de cumplimiento al Régimen , sienten temor a volver a enfrentar una situación semejante si se vuelve a presentar, y no poder hacerle frente Jurídica, económica y emocionalmente.
Estas familias obstruidas del vinculo con sus niños, han sido capaces de resistir esta experiencia frustrante al tomarla como un objetivo en común de lograr revincularse, es algo que les aportó el sentido de unión, pero al mismo tiempo la inevitable presencia de los reproches que condicionaran la relación familiar, en donde le reafirmaran al Progenitor no conviviente sobre su mala elección de pareja y las perdidas económicos que tuvo el núcleo familiar, al ayudar a los costos legales y los daños psicológicos que se ocasionó, en donde los Abuelos, debieron hacerle frente en una etapa de la vida de disfrute de sus nietos, en que fueron expuestos a la violencia y a los reclamos judiciales.
En contraste, las familias que sienten que no han superado la obstrucción de vinculo, porque restaurado el régimen, se vuelve a incumplir o son sometidos a denuncias falsas tendiente a producir un alejamiento por orden Judicial, conservan el temor como forma de concebir su existencia, sabiendo que estarán atrapados en el conflicto vincular legal, sin conocer la extensión de tiempo y enfrentado mayores costos económicos debido al uso de Denuncias Penales, como estrategia desvinculante , que a pesar de la falta de presentación de pruebas en contra, el procedimiento evaluativo los alejara de los niños.
Estas Familias desconfían constantemente del entorno y encuentran amenazas en todas partes. Los abogados no llegaran a conformarlos, al no conseguir el control de los desbordes del Progenitor obstructor.
Al recordar la obstrucción anterior les produce dolor y certeza que la actual obstrucción recargada de acciones judiciales será mas difícil de enfrentar y de mantener la cohesión familiar, y es allí en donde los componentes de este núcleo afectado empiezan a retirar el apoyo ante el riesgo de verse perturbados por una denuncia desvinculante.
Es una herida que no llego a cicatrizar y un nuevo golpe revive el dolor que produjo anteriormente. La vida y la lucha ha perdido el sentido que tenía antes y es difícil encontrar perspectivas acerca de la forma de como puede unirse para ayudar al progenitor nuevamente obstruido
La obstrucción de vinculo con los hijos es una experiencia que deja huella a pesar de haberlo superado. Ninguna familia puede olvidar lo ocurrido, es una marca de por vida. Los que han podido superar estas heridas, lo consiguieron cuando reciben judicialmente mensajes claros que no se permitirá nuevas obstrucciones;
Quienes no han podido recuperar el vinculo con los hijos, quedan con un temor y suspicacia, que al tener nueva pareja, otros hijos, sentirán la herida abierta y el dolor, que suma a la susceptibilidad hacia estas nuevas parejas y la posibilidad que se conviertan en nuevos obstructores y en muchos casos, quedan atrapados en la posición de víctimas, condicionando cualquier nueva relación y/o anestesiando cualquier expresión de afecto.
Algunos buscan y necesitan una retribución o una compensación, en lo legal y económico, que les justifique el hecho de haber sido victimizados y maltratados; otros asumen con una nueva pareja una posición de protagonismo buscando una atención constante que parece nunca llenar el vacío que ha dejado la incapacidad ó imposibilidad de recobrar el vinculo con los hijos, con la sensación de vulnerabilidad que ocasiona el alejamiento de quienes no serian obstructores y que no quieren asumir culpas ajenas y desconfianzas, sin ser merecedores de las mismas.
Es primordial recordar que no se puede desandar el tiempo y lo acaecido hay que asumirlo como algo que pasó, intentando reparar los daños, sin que por ello pasar de victima a victimario, dentro de el intento de una nueva familia, convirtiéndose en víctimas ó victimarios perpetuos , en donde sistemáticamente se vuelve a repetir la utilización de los hijos para manipular al otro.

Efectos Familiares - Consecuencias Familiares Antes y Después de la Obstrucción de vinculo
El Primer Año después de la revinculación
Inmediatamente después de la restauración del vinculo pueden aparecer temores y recuerdos constantes de lo sucedido, que tienden a ir desapareciendo a medida que se retoma la vida normal. Si se mantiene el cumplimiento, los primeros meses de certeza, son de calma y felicidad y pareciera como que la obstrucción de vinculo hubiera quedado en el pasado. Sin embargo, al avanzar en el tiempo y aún existiendo el acatamiento, aparecen nuevos temores ante la imposibilidad de ejercer plenamente la supervisón de los hijos, participar de decisiones sobre el colegio, la atención medica, las salidas, los amigos, en donde las ansiedades familiares se exacerban, pues al sentir que ya paso la etapa obstructiva, sienten la necesidad de ayudar y proteger a los niños, ante lo que entiende, un mal cuidado de ellos, por parte de quien ha producido la obstrucción y demostrado negligencia afectiva hacia esos hijos, haciendo de este un período crítico en el proceso de readaptación familiar posterior a la obstrucción vincular. En algunos casos esta crisis tiende a ceder pero en la mayoría se mantiene y aparece nuevamente las peticiones judiciales a la espera de una respuesta positiva a los pedidos , debido que consideran que quedo demostrado la falta de idoneidad para ejercer correctamente la Tenencia. Al observar la falta de compromiso del Tribunal y de reconocimiento a ese mal ejercicio, se generan nuevos temores y animosidad en el núcleo familiar en donde algunos desean insistir judicialmente y otros desean alejarse lo mas posible de lo que perciben como la Injusticia de la Justicia , haciendo necesaria la búsqueda de una ayuda psicológica que permita procesar convenientemente lo sucedido, y permita observar la realidad y sus posibilidades mas allá de la permanencia en lo Jurídico.

Las Consecuencias Sutiles
Un fenómeno extremo como la obstrucción de vinculo con los hijos, conduce a las personas a dirigir su mirada hacia lo que creen y valoran y, en ocasiones, redefinirlas de acuerdo a sus verdaderas posibilidades, que es diferente a aceptar las conductas sociales y jurídicas erróneas , sino a no embarcarse en imposibles en la inmediatez.
Sufrir la ausencia de una persona amada, pensar en la posibilidad que este en riesgo y no tener la oportunidad de ayudarlo es vivido como un morir y resucitar de acuerdo a las respuestas judiciales, que mueve a la familia a un fin común a pesar de la existencia de conflicto entre sus miembros , sobredimensionado los afectos negados y los riesgos que corren los menores involucrados.
Todo el núcleo familiar queda atrapado en la gestión Jurídica y como un rompecabezas , cada uno de sus componentes, quedan alcanzados emocional y económicamente, desatendiendo sus fuentes de ingresos.
Llegada esta situación en dependencia al conflicto, deben replantearse metas, distintas a las que representan el recobrar el vinculo, que a ese momento parecerían fundamentales, irremplazables e impostergables.
Para poder hacer frente al tiempo de imposibilidad vincular y a todos sus imponderables, se precia ineludible, dedicar la mayor parte del tiempo a trabajar y a producir económicamente, otorgar una mayor dedicación al resto de la Familia , que comienza a sentirse relegada por el problema de uno de sus componentes a quien se dedica toda la atención.
La obstrucción de vinculo confronta con un entorno inseguro, amenazante, y provocador, el riesgo de cada intento de visita y su correlato de violencia inhibe a proseguir, a riesgo de convertirse en un auto negarse a concurrir a retirar a los hijos, ante la inminencia de ser agredido o denunciado por el solo hecho de querer cumplir con el derecho de visitas.
Advertir que un Progenitor es capaz de privar a un hijo del otro Padre o Abuelos, produce una sensación de indiferencia por parte que quien no lo sufre en forma personal, que no se condice con lo que cualquier persona siente ante un hecho de Secuestro Extorsivo, de privación ilegal de la libertad, por lo que es observable que terceros consideren algo normal la obstrucción de vinculo, cuando es un delito Penal, y emparentado con la acción de tortura psicológica.
Descubrirse desprotegido por un Estado que no asume su rol de contralor de los derechos individuales y la protección de los niños, aún dentro del seno de una familia aunque sus Padres estén separados, a sabiendas que el fenómeno del impedimento de contacto de los hijos y su falta de respuesta Judicial, decepciona y reduce la confianza frente a las Instituciones y a la administración de Justicia;
La familia damnificada termina encerrándose en un círculo limitado de familiares y amigos cercanos, al sentirse decepcionada por la intervención del Estado en su tres Poderes, Judicial, Legislativo, Ejecutivo.
La falta de confianza en los demás, en las Instituciones y en las Organizaciones no gubernamentales que se ven limitadas en su accionar , tanto por la falta de aplicación de la Leyes , como por su falta de medios económicos y estructurales, para poder enfrentarse a una de los problemáticas Sociales de mayor alcance y duración, como son las separaciones conflictivas con hijos menores,. La percepción que nadie les puede dar respuesta, trae consigo la sensación de estar confinados en la injusticia, con un fuerte componente discriminatorio y de Fanatismo, que avala y alienta la obstrucción vincular de los hijos.
La llegada de los hijos obstruidos a la familia, luego de la experiencia de un impedimento vincular, para quienes la han sufrido, ya no se avista como una alegría, pues la amputación afectiva de los hijos negados, esta siempre presente, aún con su restitución, pues es incierta y no tiene cierre de conflicto.
La Obstrucción de vinculo con los hijos, asimismo desvirtúa las creencias más íntimas de los seres humanos, que les permiten conectarse con el entorno y con los demás, en una acción solidaria.
La posibilidad de fijar objetivos comunes en una pareja se ve lesionado por las certezas de la falta de protección Jurídica, fijando el proyecto de familia en el “Presente”, no pudiendo conjeturar como será en el futuro, ante el temor de la repetición y la falta de confianza, tanto en los demás, como en las propias capacidades de hacer frente a nuevas obstrucciones de vinculo con los hijos y las respuestas anímicas que pueden entregar.
Para quienes consideraban que nunca serían víctimas de esta problemática Social, esta confrontación es caótica; genera la sensación de haber perdido un terreno firme sobre el cual caminar y mantenerse.
Por el contrario, para quienes veían el mundo y a sí mismos en términos económicos y de apoderamiento, más flexibles a la utilización de medios ilícitos, les confiere la certeza que la decisión de eliminación del otro Progenitor esta a su alcance sin mayores oposiciones y se cobijan en la impunidad.

CUANDO ES RECOMENDABLE UNA AYUDA PSICOLÓGICA
Cuando la familia queda atrapada en círculos repetitivos de conflictos.
Cuando no se logra comprender ni resolver, con repetición de historias obstructivas.
Cuando el enfrentar las cuestiones legales o la presencia en intentos de visitas produce un estado de negación de actuar, inhibiendo sus acciones.
Cuando no se puede hablar sobre la obstrucción sin caer en un estado de angustia y depresión.
Cuando el único tema de conversación, es la obstrucción de vinculo.

PARA REFLEXIONAR
La realidad nos entrega la profusión de Separaciones o Divorcios con hijos menores e impedimentos de contacto con el Progenitor no conviviente, dejado de ser un evento aislado que afecta sólo unos pocos. Un fenómeno impensado a mediado del siglo XX. La presencia constante de este delito de Impedimento de contacto, cada vez más extendido y por desgracia, al que pareciera que nos estamos acostumbrando, tiene efectos más allá de las víctimas directas, Progenitores no convivientes y familiares. Podría hablarse de un Problema Social, que afecta a toda la trama de la Sociedad y condiciona el desarrollo de un País, porque se esta transformando en un sector mayoritario con una estadía Judicial de muchos años, con un drenaje económico incesante y con falta de control sobre los hijos que crecen bajo pautas violentas y de falta de respeto a la autoridad y con un mensaje que fomenta el incumplimiento de obligaciones y respeto a las leyes. Al mismo tiempo las victimas se ven en un trauma permanente, que afecta la interrelación con los demás y el desarrollo de sus capacidades.
Ante esta situación de resquebrajamiento Familiar y Social nos preguntamos
¿Será que nos hemos vuelto indiferentes o simplemente que nos hemos anestesiado emocionalmente y pensamos que a solo a otros les puede pasar vivir la experiencia de la violencia de una obstrucción de vinculo con los hijos?
-¿Nos estarán ofreciendo el alejamiento del control judicial como medio de dirimir la exposición ante el delito, entregando a la acción de los violentos los afectos de familia y a la perpetuación de los delitos dentro de ella?
-¿Ante la magnitud del problema habremos dejado de pensar en alternativas de solución, dejando en manos del mas fuerte y de quien mas desobedece las resoluciones Judiciales el futuro de los Hijos?
-¿Estaremos esperando que esos hijos, sean victimarios e ingresen a los Tribunales como futuros delincuente?
Los efectos de la Obstrucción de Vinculo con los hijos son devastadores, incluido para quienes lo perpetran y deben mantenerse en ese rol, por lo tanto van más allá de quienes lo sufren. Es el deterioro paulatino de una sociedad encerrada por el descreimiento en la Justicia y restringida en su capacidad afectiva, dedicando toda su fuerza y energía en discusiones legales, cuando una preventiva y efectiva intervención Judicial cercenaría de entrada, cualquier intento de manipulación de los hijos para perpetrar el impedimento de contacto.
Autor: José María Bouza - Co autor del Libro – “ (SAP) SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL Proceso de obstrucción del vínculo entre los hijos y uno de sus progenitores “, Co – autor del Libro “Restitución internacional de Menores – Aspectos Civiles y Penales” , Autor de la Obra de Teatro “ Atrapados en la Justicia ”, Fundador – Presidente de APADESHI –Asoc. De Padres Alejados de sus hijos – Argentina
info@apadeshi.org.ar (054) (011) 49417404 7305
http://www.apadeshi.org.ar/despues_de_la_obstruccion.htm